Resolucion Nº 334
Emisor | Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial |
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2016 |
RESOLUCION Nº 334
Mendoza, 29 de septiembre de 2016
Visto lo actuado en el Expediente Nº 248-D-16-03792, vinculado con el Estudio Ambiental del proyecto denominado: "Construcción de Locales Comerciales Y Oficinas", a ubicarse en las calles Adolfo Calle y Rondeau, del distrito Villanueva en el Departamento de Guaymallén, propuesto por la Empresa LESMAK S.A., presentado como Manifestación General de Impacto Ambiental, a fin de ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 136 se adjunta Boleto de Ingresos Varios Diferenciados de fecha 27 de abril del 2016,
emitido por el Banco de la Nación Argentina, correspondiente al Aforo realizado por la Empresa LESMAK S.A. de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 59, de la Ley Impositiva N° 8837, correspondiente al año 2016.
Que a fs. 165/167 obra copia de la Resolución Nº 200 del 07 de junio del año 2016, emitida por esta Secretaría, mediante la cual se autorizó el inicio del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Manifestación General de Impacto Ambiental del proyecto denominado: "Construcción de Locales Comerciales y Oficinas", a ubicarse en el Departamento de Guaymallén; se designó a la Unidad de Evaluaciones Ambientales para efectuar la implementación, el seguimiento y la fiscalización del
citado proyecto, a la Universidad Champagnat como Organismo para la elaboración del Dictamen Técnico establecido en el Artículo 16º del Decreto Nº 2109/1994; y a la Municipalidad de Guaymallén, a la Dirección de Hidráulica, Dirección de Transporte, Agencia de Ordenamiento Territorial, Ente Provincial del Agua y Saneamiento y Ente Provincial Regulador Eléctrico como Organismos responsables de elaborar los Dictámenes Sectoriales, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17º del citado Decreto.
Que a fs. 181/201 se adjunta Dictamen Técnico elaborado por la Universidad Champagnat, la cual se expidió favorablemente por encontrarse el Estudio Ambiental presentado, encuadrado en los términos generales de la Ley N° 5961 y su Decreto Reglamentario N° 2109/1994.
Que a fs. 282/297, obran los dictámenes sectoriales solicitados.
Que de acuerdo con lo establecido en los Artículos 31º de la Ley Nº 5961, 18º del Decreto Nº 2109/1994 y 7º de la Resolución Nº 109-AOP-1996, la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial deberá convocar a Audiencia Pública...
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