Resolución N° 538/GCABA/SSEGU/05

FirmantesGorgal
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Seguridad
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N° 538/ GCABA/ SSEGU/ 05

RICARDO ALBERTO FUNES - FICHA N° 281.101 - SE LO SANCIONA CON DOS DÍAS DE SUSPENSIÓN - SANCIÓN DE AGENTES

Buenos Aires, 08/07/2005

Visto el Expediente N° 30.511/03 por el cual se instruyó el Sumario N° 312/03; y

CONSIDERANDO:

Que la presente investigación se inició de conformidad con lo ordenado por la Subsecretaría de Logística y Emergencias, mediante Resolución N° 166-SSLyE/03 a fin de deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder al agente Funes, Ricardo (F.N° 281.101), perteneciente a la dotación de la ex Dirección General de Custodia de Edificios, por la pérdida de documentación provista por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el hecho denunciado por el agente mencionado refiere que el día 12 de febrero de 2003, en oportunidad en que se encontraba en la Provincia de Córdoba en uso de su licencia anual ordinaria, autores ignorados abrieron su automóvil particular, advirtiéndose luego el faltante de una cartera de mano que contenía diversos documentos, entre ellos un registro de conductor, cédula del Mercosur, portación y tenencia de armas, cédula de legítimo usuario, credencial del Gobierno de la Ciudad, tarjeta de cobro y distintas credenciales de servicios sociales;

Que al solicitársele aclaración al agente acerca de la tenencia de arma, si la misma pertenecía a la ex Dirección General de Custodia de Edificios o era de uso particular, aquél manifestó que la mención en la denuncia de tenencia de arma se debió a un error involuntario del suboficial receptor de la misma, ya que el agente no poseía arma propia ni tenencia;

Que prestó declaración testimonial Vicente Roberto De Cunto, Director General de la ex Dirección General de Custodia de Edificios, el cual ratificó la Nota N° 237-DGCEDIF/03 y expresó que los documentos que declaró el agente Funes que le habían sido sustraídos en Córdoba y pertenecían al Gobierno de la Ciudad eran la cédula de legítimo usuario y portación de arma, que dicho agente no debería poseer la tenencia de arma perteneciente al Gobierno;

Que en razón de existir mérito suficiente, con fecha 15 de agosto de 2003 se decretó el procesamiento administrativo de Ricardo Funes (F.N° 281.101);

Que se agregaron antecedentes y concepto del nombrado;

Que luce la declaración indagatoria de Ricardo Alberto Funes, agente de seguridad de la ex...

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