Resolución N° 261/GCABA/SSEGU/05
Firmantes | Gorgal |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Seguridad |
Fecha de la disposición | 3 de Mayo de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
RESOLUCIÓN N° 261/ GCABA/ SSEGU/ 05
DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - SUDAMFOS S.A. - SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 903-DGCCA/03 -INTIMACIÓN - ESTABLECIMIENTO AV. PERÓN 5251 - REFINERÍA DE ACEITES MINERALES PARA EL PREPARADO DE PRODUCTOS MEDICINALES - ELABORACIÓN DE COMPRIMIDOS MEDICINALES, LABORA - IMPACTO AMBIENTAL
Buenos Aires, 03/05/2005
Visto el Expediente N° 28.893/03 (5 cuerpos); y
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia del procedimiento llevado a cabo, en virtud de la denuncia que se incorporara a través del Registro N° 3.627-DGCCA/01, que corre a fs. 177/178, la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental dictó la Disposición N° 181-DGCCA/03, de fecha 28/3/03, mediante la cual se procedió a intimar al establecimiento sito en la Av. Perón 5251, que funciona en el carácter de Refinería de Aceites Minerales para el preparado de productos medicinales, elaboración de comprimidos medicinales, laboratorio a nombre de Sudamfos S.A., a que en un plazo de veinte días arbitre los medios y medidas necesarias y suficientes a fin de reducir la trascendencia de material particulado total en suspensión y compuestos fosforados, a fincas linderas y al medio ambiente, a efectos de ajustar su funcionamiento a standards admisibles, conforme Ordenanza N° 39.025/83 (B.M. N° 17.049), bajo apercibimiento de proceder a su clausura, notificándose con fecha 1/4/03;
Que conforme la solicitud impetrada en el Registro N° 1.656-DGCCA/03 se dictó la Disposición N° 276-DGCCA/03, de fecha 24/4/03, mediante la cual se dispuso otorgar a la firma Sudamfos S.A. una prórroga de diez días para concretar la totalidad de las mejoras intimadas oportunamente, intimándosele aisimismo la presentación de una memoria técnica descriptiva de los trabajos a realizar, notificándola el 25/4/03;
Que por Nota N° 1.838-DGCCA/03 se presenta la aludida empresa, adjuntando la documentación glosada a fs. 524/571;
Que atento la denuncia que formula la Superintendencia Federal de Bomberos, con fecha 20/5/03 se procedió a la clausura preventiva del establecimiento, conforme surge del acta circunstanciada que luce a fs. 584, obrando el informe producido por el Área Establecimientos Especiales e Industriales de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental, que da cuenta de la falta de higiene y seguridad verificada en el local en cuestión, y en el que se señalan cuáles son los trabajos que corresponde realizar en el mismo;
Que conforme surge...
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