Resolución N° 7/GCABA/EG/05

FirmantesGaitán
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires f/n
Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ESCRIBANÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES f/n

RESOLUCIÓN N° 7/ GCABA/ EG/ 05

DECLARACIONES JURADAS DE FUNCIONARIOS - PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES - DECLARACIÓN JURADA INTEGRAL - DECLARACIÓN JURADA DE BIENES - DECLARACIÓN JURADA PÚBLICA - DECLARACIÓN JURADA RESERVADA - LISTADO DE FUNCIONARIOS - NÓMINA DE FUNCIONARIOS

Buenos Aires, 01/02/2005

Visto el Decreto N° 1.381-GCBA/04 y la Resolución N° 41-SSEGRAL/04, y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto N° 1.381-GCBA/04 (B.O. N° 2000 - 10/8/04) dispuso un nuevo régimen para la presentación de declaraciones juradas patrimoniales por parte de los funcionarios que dicha norma enumera;

Que, la Resolución N° 41-SSEGRAL/04 (B.O. N° 2024 - 14/9/2004) estableció el plazo para la presentación de las correspondientes declaraciones juradas conforme al régimen actualmente vigente;

Que, el artículo 6° del Decreto N° 1.381-GCBA/04, estableció que la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires deberá confeccionar un listado de las declaraciones juradas presentadas, el que deberá ser publicado en el Boletín Oficial y en la página web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en consecuencia corresponde dar cumplimiento al requisito de publicidad establecido en el decreto citado, publicando el listado de declaraciones juradas presentadas por los funcionarios que han cumplimentado el nuevo régimen;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ESCRIBANÍA GENERAL

RESUELVE:

Artículo 1°

Publíquese el listado de declaraciones juradas presentadas por los funcionarios que han dado cumplimiento al régimen establecido por el Decreto N° 1.381-GCBA/04 y la Resolución N° 41-SSEGRAL/04, ordenado alfabéticamente, indicándose el número y carácter con que dichas declaraciones juradas han sido registradas y que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2°

Gírese copia al efecto al Boletín Oficial y a la página web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines del artículo 6° del Decreto N° 1.381-GCBA/04.

Artículo 3°

Regístrese; cumplido, archívese. Gaitán.

ANEXOS

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