Resolución N° 68/GCABA/UEAU3/04

FirmantesCharrière-Gaitán-Calvo-Selzer-Desperbasques
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorF/n Unidad Ejecutora Ex Autopista 3
Fecha de la disposición30 de Abril de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N UNIDAD EJECUTORA EX AUTOPISTA 3

RESOLUCIÓN N° 68/ GCABA/ UEAU3/ 04

APROBACIÓN - APRUEBA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES A BENEFICIARIOS - PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE LA TRAZA DE LA EX AU3 - ESCRITURACIÓN -

Buenos Aires, 30/04/2004

Visto: que la Ley N° 324 en el Anexo I, Programa de Recuperación de la Traza de la Ex AU3, establece en el apartado d) las distintas alternativas y;

CONSIDERANDO:

Que, en la segunda alternativa, la norma citada establece que El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá ofrecer en venta los inmuebles ubicados sobre la traza de la EX AU3 al precio determinado por la tasación que se efectúe de acuerdo a la normativa vigente, siempre que dicho valor no exceda la capacidad de pago de los beneficiarios;

Que, conforme lo indicado en el apartado e) del Anexo I de la Ley 324, Segunda Alternativa, El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires concederá a quienes adopten esa opción la misma financiación que se ofrecerá a quienes opten por la primera alternativa habitacional;

Que en la primera alternativa habitacional se indica que se habilitará una línea de crédito en las siguientes condiciones: Se establecerá una taza máxima del cuatro por ciento (4%) anual efectivo y un plazo de veinte (20) años para su amortización.... Los costos de escrituración y demás gastos se incorporarán a la hipoteca. Cuando el beneficiario mantuviera deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por canon locativo, previo a la escrituración del bien se acordará un plan de pago de esas obligaciones, antes, durante o después del programa de devolución de crédito;

Que conforme a lo resuelto por la Procuración General en el Expediente N° 74.586/01, Dictamen PG N° 4.799/01, La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires crea ese programa para la traza de la EX AU3 autorizando y encomendando al Poder Ejecutivo a cumplir por sí, con los fines delineados por esa formativa, ya que como bien se ha consignado en la referida ley, los inmuebles en cuestión ya se encuentran desafectados;

Que, beneficiarios de la Traza de la Ex AU3 han optado por la segunda alternativa, indicándose en el Anexo I de la presente los expedientes y los nombres de los beneficiarios;

Que, en los citados Expedientes se ha cumplido con los requisitos legales exigidos, a saber: a) carácter de beneficiarios de los peticionantes; b) tasación del Banco Ciudad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR