Resolución N° 909/GCABA/SSMA/04
Firmantes | Vensentini |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Medio Ambiente |
Fecha de la disposición | 10 de Diciembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE
RESOLUCIÓN N° 909/ GCABA/ SSMA/ 04
AUTORIZACIÓN DE EVENTOS - PARROQUIA MARÍA MADRE DEL REDENTOR -AUTORIZA A REALIZAR UN PESEBRE VIVIENTE Y LA SANTA MISA DE NOCHEBUENA EN LA PLAZA VELAZCO IBARRA
Buenos Aires, 10/12/2004
Visto el Registro N° 3.781/DGEV/04, y;
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado Registro, la Parroquia María Madre del Redentor, solicitó autorización para realizar un Pesebre Viviente el día 18 de diciembre desde las 10 hasta las 17 hs. y la Santa Misa de Nochebuena el día 24 de diciembre de 2004 desde las 19.30 hs. en la Plaza Velazco Ibarra;
Que la utilización prevista del espacio verde indicado no produciría impacto negativo en dicho lugar, siempre que se tenga presente la prevención indicada en el dictamen de la Dirección General de Espacios Verdes sobre la restricción de realizar dicho evento sobre sus solados rígidos, sin afectar las áreas verdes;
Que en dicho Dictamen la Dirección General de Espacios Verdes ha expresado que no existen objeciones para acceder al requerimiento arriba descripto, siempre y cuando las acciones a desarrollarse no afecten el cuidado del espacio verde solicitado;
Que dicha actividad será responsabilidad de la entidad solicitante, debiendo arbitrar los medios necesarios para que no se produzcan daños, así como también, que queden en óptimas condiciones de limpieza los predios utilizados;
Que la presente autorización queda sujeta a la previa firma del Acta de Compromiso en la Dirección General de Espacios Verdes;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
Autorízase a la Parroquia María Madre del Redentor a realizar un Pesebre Viviente el día 18 de diciembre desde las 10 hasta las 17 hs. y la Santa Misa de Nochebuena el día 24 de diciembre de 2004 desde las 19.30 hs. en la Plaza Velazco Ibarra, ubicada en las calles Av. Jujuy y México.
La realización de dicha actividad deberá efectuarse sobre los solados rígidos, sin afectar las áreas verdes, teniendo en cuenta que los costos de subsanar cualquier eventual daño ocasionado en el predio correrá por cuenta de los solicitantes.
Los autorizados se harán responsables de la seguridad, conservación y limpieza de los espacios concedidos de acuerdo a las disposiciones vigentes.
La...
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