Resolución N° 873/GCABA/SSMA/04

FirmantesVensentini
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Medio Ambiente
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 873/ GCABA/ SSMA/ 04

AUTORIZACIÓN DE EVENTOS - AUTORIZA A LA ASOCIACIÓN EVANGÉLICA ASAMBLEA DE DIOS - FLORES A REALIZAR UN EVENTO MUSICAL EN LAS ESCALINATAS LAGUNA DE LOS COIPOS DE COSTANERA SUR

Buenos Aires, 03/12/2004

Visto la Nota N° 2.445/DGAPYL/04, y;

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos eleva el pedido de autorización de la Asociación Evangélica Asamblea de Dios - Flores - inscripta en el Registro Nacional de Cultos bajo el N° 57, para realizar un acto cultural musical el día 5 de diciembre de 2004, en el horario de 16 a 18 hs., en las escalinatas Laguna de los Coipos, en la intersección de avenida Tristán Achával Rodríguez y avenida Independencia, Costanera Sur;

Que la utilización prevista del espacio público indicado no produciría impacto negativo en dicho lugar, siempre que se tenga presente la prevención de realizar el evento musical en las avenidas mencionadas, sin obstruir el tránsito peatonal;

Que dicha actividad será responsabilidad de la Asociación Evangélica Asamblea de Dios - Flores, debiendo arbitrar los medios necesarios para que no se produzcan daños, así como también, que queden en óptimas condiciones de limpieza los predios utilizados, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Unidad Fuera de Nivel Ordenamiento del Espacio Público deberá elevar el pertinente informe sobre el uso y el estado del espacio autorizado dentro de las veinticuatro horas posteriores al evento;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1°

Autorízase a la Asociación Evangélica Asamblea de Dios - Flores, inscripta en el Registro Nacional de Cultos bajo el N° 57, a realizar un evento musical, en las escalinatas Lagunas de los Coipos, en la intersección de las avenidas Tristán Achával Rodríguez e Independencia, Costanera Sur, en el horario de 16 a 18 hs., el día 5 de diciembre de 2004.

Artículo 2°

La realización de dicha actividad deberá efectuarse sobre la esquina de las avenidas mencionadas, sin obstruir el tránsito peatonal, teniendo en cuenta que los costos de subsanar cualquier eventual daño ocasionado en el predio correrá por cuenta de la Asociación Evangélica Asamblea de Dios - Flores, no implicando costo alguno para...

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