Resolución N° 721/GCABA/SJYSU/04

FirmantesLópez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA

RESOLUCIÓN N° 721/ GCABA/ SJYSU/ 04

DISPONE LA RECONSTRUCCIÓN DEL EXPEDIENTE N° 75.787/01. SOLICÍTASELE A LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LA INSTRUCCIÓN DEL CORRESPONDIENTE SUMARIO - UNIDAD DE EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE ACTUACIONES - RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES - TRANSFERENCIA DE HABILITACIÓN DE LOCALES - CALLE SUCRE 3235 - GUARDERÍA - ESCUELA PRIMARIA - ESCUELA SECUNDARIA - INSTRUCCIÓN DE SUMARIOS - SUMARIO ADMINISTRATIVO - RESPONSABILIDADES

Buenos Aires, 12/11/2004

Visto el Expediente N° 60.944/04 y agregado, por el cual la ex Unidad de Evaluación y Resolución de Actuaciones, solicita la reconstrucción del Expediente N° 75.787/01; y

CONSIDERANDO:

Que a pesar de la intensa búsqueda efectuada dentro del área de la mencionada Dirección General, así como también en las distintas Secretarías y Reparticiones dependientes del Órgano Ejecutivo, mediante Memo N° 2.422/SJYSU/04, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa, por lo que procede autorizar su reconstrucción;

Que el Expediente tratado guarda relación con la transferencia de habilitación perteneciente al local de la calle Mariscal Antonio José de Sucre 3235, P.B., Dptos. 1 y 2 y sótano, solicitada en su oportunidad para el rubro Guardería Infantil Maternal, Preescolar, Escuela Primaria, Secundaria y otros rubros;

Por ello,

EL SECRETARIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA

RESUELVE:

Artículo 1°

Reconstrúyase el Expediente N° 75.787/01, en los términos de la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 Cap. V.

Artículo 2°

La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, -Dirección de Sumarios- procederá a instruir el correspondiente Sumario Administrativo a fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 75.787/01.

Artículo 3°

La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informará los movimientos...

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