Resolución N° 646/GCABA/SSMA/04

FirmantesVensentini
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Medio Ambiente
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 646/ GCABA/ SSMA/ 04

DESESTIMA EL RECURSO DE ECOHABITAT S.A. CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 37/DGHUR/04 - DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECURSO JERÁRQUICO - DENEGACIÓN DE PAGO POR GASTOS ADMINISTRATIVOS

Buenos Aires, 04/10/2004

Visto el Expediente N° 52.903/04, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la citada actuación la empresa Ecohabitat S.A. interpone Recurso Jerárquico contra la Disposición N° 37/DGHUR/04 que desestimara el pago en concepto de reintegro por gastos administrativos que tramitara por Registro N° 6.805/DGHUR/04;

Que, en dicha presentación recursiva los argumentos vertidos por la contratista pueden sintetizarse en que se estaría violando el principio de buena fe que debería aplicarse a la interpretación armónica de la normativa, sin perjuicio de reconocer que se ha limitado a reproducir los conceptos vertidos en presentaciones anteriores los cuales han sido analizados y desestimados;

Que, sobre el tema de los gastos administrativos corresponde señalar que la Procuración General se ha expedido en el Dictamen recaído en el Expediente N° 29.666/01 y que fuera reproducido por la Resolución N° 103/SMAYEP/01 de fecha 16/11/01;

Que, dicha Resolución se fundamenta en que: …no encontrándose los llamados gastos administrativos incluidos en la documentación que rige el contrato no procede su pago, no siendo dable al contratista reclamar conceptos que no fueron materia de la contratación…;

Que, el Organismo Asesor, se ha expedido reiterando que: …por la trascendencia jurídica que tiene el Pliego de Condiciones, la doctrina lo ha denominado la ley del contrato, por cuanto establece cláusulas que son fuentes principales de derechos y obligaciones de los intervinientes en la licitación, y de las partes en la contratación, así como el objeto de la contratación;

Que, asimismo continua estableciendo que: Pretender apartarse de las previsiones del Pliego implicaría precisamente violar el principio de buena fe invocado por la contratista, por lo que corresponde en consecuencia desestimar el recurso incoado;

Que, por tales...

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