Resolución N° 3119/GCABA/SED/04
Firmantes | Perazza |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Educación |
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN N° 3119/ GCABA/ SED/ 04
DEJA SIN EFECTO LA EJECUCIÓN DE LA PÓLIZA DE CAUCIÓN DE LA FIRMA JUAN CARLOS KARSTEN. REVOCA EL ART. 2° DE LA RESOLUCIÓN N° 2.959/SED/02, B.O. N° 1560 - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - EJECUCIÓN DE GARANTÍAS - ANULACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE OBRAS -ESCUELA EMEM 1 - ESCUELA REINO DE SUECIA - CONCURSO DE PRECIOS 27/01 - PRODYMES II - PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA ESCUELA SECUNDARIA
Buenos Aires, 29/09/2004
Visto el Expediente N° 27.163/01, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto tramita el Concurso de Precios N° 27/01 para la realización de las obras previstas en la Escuela EMEM/1. Reino de Suecia, dentro del Programa de Descentralización y Mejoramiento de la Escuela Secundaria - PRODYMES II;
Que por intermedio de la Resolución N° 729 del 26 de abril de 2002 se adjudicó la obra a la firma Juan Carlos Karsten;
Que con fecha 23 de mayo de 2002 la adjudicataria notificó a la Unidad Ejecutora de la Ciudad que debido a los constantes aumentos de precios, a la falta de crédito en el mercado y a la crisis económica-financiera por la cual se encontraba atravesando nuestro país, se veía imposibilitada de realizar los trabajos previstos para el Concurso de Precios N° 27/01;
Que como consecuencia de lo precedentemente expuesto mediante Acta de fecha 31 de julio de 2002, los miembros de la Comisión de Preadjudicación, evaluando el tenor de las consideraciones esgrimidas por la Empresa Juan Carlos Karsten resolvió declarar fracasado el Concurso de Precios N° 27/01 en aras de no generar un perjuicio a la Administración;
Que por Resolución N° 2.959 del 22 de octubre de 2002 se dispuso declarar anulada la adjudicación formalizada por la Resolución N° 729 y se dispuso la ejecución de la póliza de caución de garantía de mantenimiento de oferta emitida a favor de la Empresa Juan Carlos Karsten;
Que con posterioridad a dicho acto administrativo emitió dictamen la Asesoría Legal de la Unidad Ejecutora de la Ciudad, considerando la falta de razonabilidad en la ejecución de la garantía teniendo en cuenta que la situación económica vigente a ese momento afectó la equivalencia de las contraprestaciones, volviéndose cualquier compromiso en esa situación imprevisible;
Que la Unidad Coordinadora Nacional de Préstamos con Financiamiento Externo del Ministerio de Educación de la Nación por Nota N° 5.880...
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