Resolución Nº 1272/2011

Fecha de disposición26 Septiembre 2011
Fecha de publicación14 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/9/2011

VISTO el Expediente Nº 635.749/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 del Expediente Nº 637.582/11, agregado como foja 110 al principal, obran el Acuerdo y Anexos celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PASTELEROS, PIZZEROS, ALFAJOREROS Y FACTUREROS (TUCUMAN), por el sector sindical, y Ia UNION HOTELES, CONFITERIAS, BARES, CAFES, RESTAURANTES Y AFINES DE TUCUMAN por el sector empresarial, conforme a lo establecido en Ia Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el texto convencional de marras, los agentes negociadores acuerdan las nuevas escalas salariales que regirán para el personal comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 473/06, 474/06 y 475/06.

Que las partes signatarias de los referidos Convenios coinciden con las celebrantes de marras.

Que los actores intervinientes ratificaron en todos sus términos el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditando la personería invocada y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a Ia correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de Ia lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con Ia normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de Ia Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por Ia Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a Ia Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe Ia procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de Ia Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de Ia suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PASTELEROS, PIZZEROS, ALFAJOREROS Y FACTUREROS (TUCUMAN) y Ia UNION HOTELES, CONFITERIAS, BARES, CAFES, RESTAURANTES Y AFINES DE TUCUMAN, que lucen a fojas 2/8 del Expediente Nº 637.582/11, agregado como foja 110 al principal, conforme a lo dispuesto en Ia Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese Ia presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de Ia SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a Ia Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo y Anexos obrantes a fojas 2/8 del Expediente Nº 637.582/11, agregado como foja 110 al principal.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a Ia Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe Ia procedencia de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de Ia Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a Ia guarda del presente legajo juntamente con los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 473/06, 474/06 y 475/06.

ARTICULO 5º

— Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe Ia publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Anexos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de...

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