Resolución Nº 332 de 18 de Agosto de 2006

La Plata,18 de agosto de 2006.

VISTO el expediente 2436-2960/04 y agreg. alcs. 1 y 2, por el cual se tramita el recurso interpuesto por la firma "Manantial SAICIF" contra la solicitud de fojas 7 del alc.1; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 4 luce comunicación del Depto Permisos y Concesiones para el uso del agua dirigida por la Div. Uso Industrial y Energético al Sr. Gerente Soda Chispal Manantial S.A., en cuyos términos se les informa que "deberán solicitar la renovación del Certificado de Permiso de Explotación (ex Certificado de Factibilidad) para lo cual se adjunta copia del Anexo II de la Resolución ADA. 08/04 donde se detallan los requisitos para la referida solicitud";

Que a fs 2 y vta. del Alc.1. la Firma Manantial SAICIF plantea la inaplicabilidad de la Ley 12.257 en relación al término de caducidad impuesto por la Resolución ADA Nº 08/04 en relación a los certificados de explotación del recurso hídrico;

Que a fs 7 Unidad Auditoría Interna señala que "los permisos que otorga la Administración Pública Provincial son esencialmente precarios ... más aun, cuando entran en juego los recursos naturales no renovables (como el recurso hídrico provincial) o cuestiones de neto interés público (como la salud de la población) por lo que las facultades emergentes del mismo no pueden constituirse en derechos adquiridos. Ello es acorde con los principios constitucionales claramente enunciados tanto en la Constitución Nacional como en la Provincial (arts. 41 CN y 28 C. Bs. As.)";

Que dicha Unidad continúa expresando a fs. 7 del Alc.2, entiende que la Empresa prestataria del servicio sanitario pretende arrogarse competencias propias de la Autoridad del Agua respecto del ejercicio del Poder de Policía sobre el recurso hídrico subterráneo a tenor de lo establecido por las Leyes 11.820, 12.257 y sus diversas Reglamentaciones, por lo que cabe dar intervención al OCABA para que exprese su criterio sobre el particular";

Que a fs. 4/6 del Alc. 2, la Empresa Manantial SAICIF con el patrocinio del Dr. Alejandro Bonicatto, interpone recurso contra el informe de fs. 7 del Alc. 1, invocando derecho de propiedad e irretroactividad de la Ley solicitando que "se ordene a la prestataria ABSA...

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