Resolución N° 546/PJCABA/CMCABA/04

FirmantesRosenfeld - Iráizoz - Cavaliere - Castorino - De Stefano - May Zubiría - Marsili - Garavano
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición10 de Agosto de 2004

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 546/ PJCABA/ CMCABA/ 04

ENCOMIENDA LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y ADMINISTRACIÓN CONTABLE EL REINTEGRO A LA TESORERÍA DEL GOBIENO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DE UNA SUMA NO EJECUTADA CORRESPONDIENTE AL PRESUPUESTO 2003 - PODER JUDICIAL - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - DEVOLUCIÓN DE EXCEDENTES PRESUPUESTARIOS - RECURSOS - MONTOS NO DEVENGADOS

Buenos Aires, 10/08/2004

Visto la Ley N° 70, el Memorándum de la Dirección de Programación y Administración Contable de fecha 10 de mayo de 2004, y las notas de Presidencia Nros. 417/03 y 67/04, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Memorándum, la Dirección de Programación y Administración Contable remite las planillas correspondientes al presupuesto 2003, con el excedente no ejecutado, con el detalle por programas y rubros;

Que conforme la disposición del Art. 68 de la Ley N° 70, Las cuentas del Presupuesto General se cierran el 31 de diciembre de cada año. Después de esa fecha los recursos que se recauden se consideran parte del presupuesto vigente, con independencia de la fecha en que se origine la obligación de pago o liquidación de los mismos. Con posterioridad al 31 de diciembre no pueden asumirse compromisos ni devengarse gastos con cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha;

Que por su parte, el artículo 69 establece claramente que Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año se cancelan durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades en cajas bancos existentes a la fecha señalada. Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año se afectan automáticamente al ejercicio siguiente, imputando los mismos a los créditos disponibles para ese ejercicio;

Que en consecuencia, las cuentas del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se cerraron en su oportunidad, no pudiendo ser modificadas con posterioridad;

Que, en virtud de lo expuesto, es obligación de este Consejo devolver a la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los excedentes correspondientes al ejercicio 2003;

Que, conforme surge de la información brindada por la referida Dirección, la suma no ejecutada asciende a pesos dieciséis millones seiscientos ocho mil seiscientos sesenta y...

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