Resolución N° 2623/GCABA/SHYF/04

FirmantesAlbamonte
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 2623/ GCABA/ SHYF/ 04

ACEPTA EL PEDIDO DE EXENCIÓN IMPOSITIVA REALIZADO POR EL SR. LUIS J. FAVERIO - DNI 10.128.696 - CONDICIONES - REQUISITOS - EXENCIÓN DE IMPUESTOS DE INMUEBLES - A.B.L. - CALLE TROLE 219 - CÓDIGO FISCAL 2004 - PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - BENEFICIARIOS - HIJOS MENORES - INTERPRETACIÓN NORMATIVA - ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - REGLAMENTACIÓN DE CÓDIGOS

Buenos Aires, 09/08/2004

Visto el Expediente N° 19.642/2004, y

CONSIDERANDO:

Que en el mismo el señor Luis José Faverio, DNI 10.128.696, solicita exención del pago de los Gravámenes Inmobiliarios referidos al inmueble sito en Trole 219, PB., Dto. 2, Pda. N° 3.590.684, conforme al Art. 226 del Código Fiscal (T.O. 2004 y concordantes de años anteriores), en razón de compartir la vivienda con una hija menor de edad con necesidades especiales;

Que el referido artículo establece: Las personas con necesidades especiales que así lo soliciten y reúnan los requisitos que se indican a continuación, estarán exentas del pago a las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial, Pavimentos y Aceras... Inc. 2) Ser propietarios, condóminos, usufructarios o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia;

Que así, en primera instancia la Dirección General de Rentas hizo saber al interesado que no se hallaba alcanzado por la norma citada, dado que el titular de dominio del inmueble no es la persona con necesidades especiales;

Que recurrida esta postura, la propia Dirección General de Rentas a través de la Subdirección General de Análisis Fiscal recomienda hacer lugar a la liberalidad pedida interpretando que ...el derecho de uso a que hace mención el Inc. 2) del Art. 226 del Código Fiscal, no es otro que el derecho de habitación a que se refiere el Art. 2.948 del Código Civil... y que el Art. 2.953 del mismo limita este derecho ...a las necesidades personales del usuario, o del habitador y su familia. La familia comprende la mujer y los hijos...;

Que la Procuración General ha dictaminado en concordancia con lo expuesto supra, señalando que el interesado ...solicita la exención de las sumas que debe abonar en Concepto de Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial, Pavimentos y Aceras, fundado en el hecho de ser padre de la menor con necesidades especiales...

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