Resolución N° 482/PJCABA/CMCABA/04
Firmantes | Rosenfeld-Iráizoz-Cavaliere-Castorino-De-Stefano-May-Zubiría-Marsili-Balbín-Caravano |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 6 de Julio de 2004 |
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESOLUCIÓN N° 482/ PJCABA/ CMCABA/ 04
APRUEBA LA REALIZACIÓN DEL SEMINARIO/TALLER ENTRENAMIENTO EN AUDIENCIAS - TÉCNICAS DE INTERROGACIÓN - CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
Buenos Aires, 06/07/2004
Visto el Informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial, mediante Memo CFJ N° 186/04, con motivo de la propuesta de realización del Seminario/Taller Entrenamiento en audiencias - Técnicas de interrogación para el personal del Ministerio Público Fiscal del Fuero Contravencional y de Faltas del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo Nacional y el Poder Ejecutivo local han celebrado un convenio de transferencia progresiva de competencias penales de la justicia nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el desarrollo del Poder Judicial de la Ciudad actualiza la necesidad de realizar actividades de formación y capacitación referidas a las materias de su competencia;
Que a tales efectos se ha convocado a un destacado conjunto de docentes y expertos en esta materia, que desarrollarán en varias reuniones dicha temática;
Que esta actividad del Centro de Formación Judicial redundará en beneficio de una capacitación específica en la materia para sus destinatarios;
Que el Centro de Formación Judicial ha elaborado una propuesta de contenidos y metodología que resulta adecuada a los objetivos señalados, y puede incluirse entre los fines de este Consejo de la Magistratura;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Apruébase la realización del Seminario/Taller Entrenamiento en audiencias - Técnicas de interrogación, con los contenidos y desarrollo que se detallan en el Anexo I.
El cuerpo docente percibirá en conjunto una retribución de pesos cincuenta ($ 50) la hora reloj efectivamente dictada.
Regístrese, comuníquese al Centro de Formación Judicial y por su intermedio a los interesados, hágase saber a la Dirección Contable y publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
NOTA: Esta norma refiere a :
Ley Nacional 13.944 , publicada en el BORA del día 3/11/1950
Ley Nacional 14.346 , publicada en el BORA del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba