Resolución N° 143/GCABA/SSMA/04

FirmantesVensentini
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Medio Ambiente
Fecha de la disposición29 de Abril de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 143/ GCABA/ SSMA/ 04

AUTORIZA A LA SRA. BÁRBARA FERRARO, DE LA MARCA CINE A REALIZAR FILMACIONES EN EL JARDÍN BOTÁNICO - AUTORIZACIÓN DE EVENTOS EN ESPACIOS VERDES - FILMACIÓN DE COMERCIAL PUBLICITARIO - ARCOR S.A.

Buenos Aires, 29/04/2004

Visto el Registro N° 924/DGEV/04, donde se solicita la autorización pertinente para realizar una jornada de grabación en un sector del Jardín Botánico el día 29 de abril de 2004, en el horario de 8 a 18 hs. y

CONSIDERANDO:

Que La Marca Cine es una productora especializada en cortometrajes publicitarios, que solicita autorización para la grabación de un comercial, para la empresa Arcor S.A., para lo cual requiere de un paisaje de vegetación frondosa como el que presenta el Jardín Botánico;

Que la utilización prevista del espacio verde indicado no produciría impacto negativo en dicho lugar, siempre que se tenga presente la prevención indicada en el Dictamen de la Dirección General de Espacios Verdes sobre la restricción de realizar dicho evento sobre sus solados rígidos, sin afectar las áreas verdes;

Que dicha actividad será responsabilidad de los organizadores, debiendo arbitrar que no se produzcan daños, así como también, que queden en óptimas condiciones de limpieza los predios utilizados, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1°

Autorizar a la señora Bárbara Ferraro, DNI 27.398.397, Jefa de Producción de La Marca Cine, para realizar una jornada de grabación para un comercial en un sector del Jardín Botánico, ubicado en las avenidas Santa Fe, Las Heras y la calle República Árabe Siria el día 4 de mayo de 2004 en el horario de 8 a 18 horas.

Artículo 2°

La realización de dicha actividad deberá efectuarse sobre los solados rígidos, sin afectar las áreas verdes, teniendo en cuenta que los costos de subsanar cualquier eventual daño ocasionado en el predio correrá por cuenta de La Marca Cine, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°

Los autorizados se harán responsables de la seguridad, conservación y limpieza de los espacios concedidos de acuerdo a las disposiciones vigentes.

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