Resolución N° 547/GCABA/SED/04

FirmantesPerazza
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Educación
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N° 547/ GCABA/ SED/ 04

APRUEBA LAS FUNCIONES Y TAREAS INHERENTES A LOS CARGOS DE PSICÓLOGO Y PSICOPEDAGOGO DE LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN DE LAS ESCUELAS DEL ÁREA DE EDUCACIÓN MEDIA - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - CARGOS DOCENTES - APROBACIÓN - CARGOS NO ESCALAFONADOS - PLANTAS FUNCIONALES - LICENCIADOS EN PSICOLOGÍA - LICENCIADOS EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN - SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR - DERECHOS HUMANOS - PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTILES

Buenos Aires, 17/03/2004

Visto la Carpeta N° 424/SED/04, la Ley L.C.B.A. N° 475/00, modificatoria del apartado V del artículo 8° de la Ordenanza N° 40.593 (B.M. N° 17.590), la Resolución N° 2.261/SED/03; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Resolución N° 2.261/SED/03, los profesionales de los Departamentos de Orientación de las Escuelas del Área de Educación Media que fueron designados en su momento en otros cargos, pasan a revistar en los cargos no escalafonados de Psicólogo y Psicopedagogo;

Que no existe ninguna norma que establezca en forma exacta el conjunto de funciones y tareas que deben desempeñar los profesionales que ocupan los cargos de Psicólogo y Psicopedagogo en los Departamentos de Orientación;

Que la citada Resolución encomienda a la Dirección General de Planeamiento la elaboración del perfil correspondiente a los cargos de referencia, determinándose las misiones, funciones y tareas que correspondan a cada uno de ellos;

Que la Dirección General de Planeamiento, juntamente con la comisión de representantes de los profesionales de los Departamentos de Orientación, ha elaborado una propuesta de funciones y tareas de los profesionales que se desempeñan en dichos Departamentos;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida intervención;

Por ello,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébanse las funciones y tareas correspondientes a los cargos de Psicólogo y Psicopedagogo de los Departamentos de Orientación de las Escuelas del Área de Educación Media, que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°

Los profesionales que ocupan los cargos de Psicólogo y Psicopedagogo juntamente con el Equipo de Conducción de la Escuela acordarán anualmente el proyecto de trabajo del Departamento de Orientación según las funciones que se detallan en el Anexo I y se priorizarán las tareas en función de los requerimientos institucionales.

Artículo 3°

Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a la Secretaría de Educación, Subsecretaría de Educación, Dirección General de Educación - Dirección del Área de Educación Media y Técnica, y a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese. Perazza.

ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

Funciones y tareas de los Profesionales de los Departamentos de Orientación

Los Departamentos de...

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