Resolución N° 540/GCABA/SSJYT/04
Firmantes | Antuña |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Justicia y Trabajo |
Fecha de la disposición | 1 de Marzo de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO
RESOLUCIÓN N° 540/ GCABA/ SSJYT/ 04
DESIGNA AL ESCRIBANO LEANDRO M. GIORGI COMO ADSCRIPTO AL REGISTRO NOTARIAL N° 591
Buenos Aires, 01/03/2004
Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 1034) 2.696/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), y 2.720/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1843), el Expediente N° 620/04, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, el Escribano Eduardo Pedro Giorgi, titular del Registro Notarial N° 591, solicita se designe como Adscripto a dicho Registro al Escribano Leandro Martín Giorgi;
Que se encuentra acreditado que el Escribano titular tiene una antigüedad en tal carácter en esta Ciudad no inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, y ha obtenido resultado favorable en la Inspección Extraordinaria de Protocolo comprensiva de todos los aspectos del ejercicio de su función notarial, conforme lo exige el artículo 46, Incs. a) y b) de la Ley N° 404;
Que, el Escribano Leandro Martín Giorgi ha obtenido un puntaje de cinco (5) puntos en la prueba escrita y seis (6) puntos en la oral, del Concurso de Oposición y Antecedentes a que se refiere el artículo 34 de la Ley N° 404, cumpliendo, por ende, lo dispuesto en el artículo 46 inciso c) de la Ley citada;
Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido dictamen considerando que puede dictarse el acto administrativo por el cual se haga lugar a la designación solicitada;
Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente Resolución;
Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que, mediante los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno, y se dispuso: Transfiérese la Dirección General de Registros de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica a la dependencia de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo conservando sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y...
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