Resolución N° 37/GCABA/SDYPC/04
Firmantes | Capaccioli |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana |
Fecha de la disposición | 12 de Febrero de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
RESOLUCIÓN N° 37/ GCABA/ SDYPC/ 04
INVITA PODER LEGISLATIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y A LAS ORGANIZACIONES CON VIDA ACTIVA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES A. A CONSTITUIR UNA "MESA DE DIÁLOGO CIUDADANO" PARA LA DISCUSIÓN DE LAS FUTURAS LEYES DE COMUNAS, PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y CÓDIGO ELECTORAL
Buenos Aires, 12/02/2004
Visto las atribuciones conferidas por el Decreto N° 2.696/GCBA/2003 Anexo II/12 que faculta a esta Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana a presentar programas en la Dirección General de Presupuesto Participativo,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece en su Título Sexto, artículos 127 a 131, la existencia de comunas como forma organizativa de gobiernos territoriales; así como en el mismo sentido en su artículo 52, expresa el carácter participativo del presupuesto y que complementariamente, tales leyes requerirán una reforma electoral, produciendo en su conjunto una transformación en la gestión política y administrativa de la Ciudad;
Que atento a la fecha, ha transcurrido con exceso el plazo establecido por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionar la Ley de Comunas, que se prevé en la Cláusula Transitoria 17 donde dice "tendrá lugar en un plazo no menor de cuatro años y no mayor de los cinco", refiriéndose a los artículos 130 y 127 del mismo texto, y que este plazo expiró el 1° de noviembre de 2001;
Que el Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N° 1 del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó a la Legislatura y al Poder Ejecutivo a sancionar la Ley de Comunas o en su defecto a dictar un decreto regulatorio, y que, en segunda Instancia, la Cámara del mismo fuero confirmó, en parte, el fallo de primera instancia intimando a los Legisladores de la Ciudad a tratar o sancionar una Ley de Comunas;
Que es necesario crear un espacio de discusión ciudadana a los efectos de, tras lo aprendido en distintos procesos participativos, mejorar las propuestas metodológicas y formatos de participación ciudadana, de manera de garantizar una democracia más directa;
Que esta situación nos obliga a mantener distintos tipos de reuniones con diferentes actores de la Ciudad, con la finalidad de compartir la percepción acerca del mejor camino para la sanción de estas...
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