Resolución N° 193/GCABA/SSJLYT/03
Firmantes | Tadei |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica |
Fecha de la disposición | 20 de Noviembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA
RESOLUCIÓN N° 193/ GCABA/ SSJLYT/ 03
ADJUDICA A LA ESCRIBANA VANESA PAULA SEPLIARSKY LA TITULARIDAD DEL REGISTRO NOTARIAL N° 487 - DESIGNACIÓN DE ESCRIBANOS - ADJUDICACIÓN DE TITULARIDAD - MATRÍCULA 4807
Buenos Aires, 20/11/2003
Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 1034) y 430/GCBA/2002 (B.O.C.B.A. N° 1441), el Expediente N° 64.104/2003, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Escribana Vanesa Paula Sepliarsky ha solicitado se le adjudique la titularidad del Registro Notarial que ha obtenido en el Concurso de Oposición y Antecedentes realizado con fecha 25 de abril y 11 de agosto de 2003;
Que, se encuentra acreditado que la Escribana Sepliarsky ha obtenido un puntaje de siete (7) en la prueba escrita y ocho (8) puntos en la prueba oral del Concurso de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de Titulares de Registros Vacantes a que se refiere el artículo 34 de la Ley N° 404, cumpliendo, por ende, el requisito previsto en el Art. 35 de la citada Ley Orgánica Notarial;
Que, atento al orden de mérito establecido por los Arts. 11 y 12 del Decreto N° 1.624/GCBA/2000, corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial N° 687, tal como surge del informe del Colegio de Escribanos;
Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que, ha emitido dictamen la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, considerando que puede dictarse el acto administrativo por el cual se haga lugar a la adjudicación solicitada;
Que, la Dirección General de Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente Resolución;
Que la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que mediante el Decreto N° 430/GCBA/2002 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno, habiéndose establecido dentro de las competencias de esta...
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