Resolución N° 184/GCABA/SSJLYT/03
Firmantes | Tadei |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica |
Fecha de la disposición | 3 de Noviembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGAL Y TÉCNICA
RESOLUCIÓN N° 184/ GCABA/ SSJLYT/ 03
ADJUDICA AL ESCRIBANO JUAN B. SANGUINETTI LA TITULARIDAD DEL REGISTRO NOTARIAL N° 27 - ADJUDICACIÓN DE TITULARIDAD - DESIGNACIÓN DE ESCRIBANOS - MATRÍCULA 4673
Buenos Aires, 03/11/2003
Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 1034) y 430/GCBA/02 (B.O.C.B.A. N° 1441), el Expediente N° 62.838/03 y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la presentación efectuada por el Escribano Juan Bartolomé Sanguinetti, Matrícula N° 4.673, por la cual solicita se le adjudique la titularidad del Registro Notarial que ha obtenido en el Concurso de Oposición y Antecedentes realizado en los meses de abril y agosto de 2003;
Que, en tal sentido se encuentra acreditado que el Escribano Juan Bartolomé Sanguinetti ha obtenido un puntaje de ocho (8) puntos en cada una de las evaluaciones, escrita y oral, del Concurso de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos de Titulares de Registros Vacantes a que se refiere el artículo 34 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, cumpliendo, por ende, el requisito previsto en el artículo 35 de la citada norma;
Que, atento al orden de mérito establecido por los artículos 11 y 12 del Decreto N° 1.624/GCBA/00, el Colegio de Escribanos de la Ciudad informa que corresponde se le adjudique al peticionante el Registro Notarial N° 27;
Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que, ha emitido dictamen la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, considerando que puede dictarse el acto administrativo por el cual se haga lugar a la adjudicación solicitada;
Que, la Dirección General de Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente Resolución;
Que, la Ley N° 404 en su artículo 31 dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que, mediante el Decreto N° 430/GCBA/2002 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno...
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