Resolución N° 250/GCABA/SJG/03

FirmantesFernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría Jefe de Gabinete
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA JEFE DE GABINETE

RESOLUCIÓN N° 250/ GCABA/ SJG/ 03

DETERMINA EL APORTE PÚBLICO PREVISTO EN LA LEY N° 268, B.O. N° 837, A FAVOR DE LOS PARTIDOS ACCIÓN POR LA REPÚBLICA Y JUBILADOS EN ACCIÓN - PAGO DE APORTE PÚBLICO - PARTIDOS POLÍTICOS - FINANCIAMIENTO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL -COMICIOS - ELECCIONES 2003

Buenos Aires, 29/10/2003

Visto lo dispuesto por el Capítulo III de la Ley N° 268; el Decreto N° 430/02; la Resolución N° 67/SJG/03 y el Expediente N° 58.635/03 y su acumulado Expediente N° 45.975/03; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto en la Resolución N° 67/SJG/03, se notificó vía fax a los partidos, alianzas y confederaciones, los requisitos formales a cumplimentar para acceder a la percepción del aporte público (Financiamiento de la Campaña Electoral) dispuesto por la Ley N° 268;

Que tanto el Partido Acción por la República y el Partido Jubilados en Acción, acreditaron su personería jurídica y la cantidad de afiliados a dichos partidos que, al 1° de abril de 2003 era de 7.393 y 4.004, respectivamente;

Que el Partido Acción por la República acreditó la apertura de la Cuenta Corriente N° 26492/7 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro (111), y el Partido Jubilados en Acción la apertura de la Cuenta Corriente N° 26588/3 del mismo Banco, Sucursal Casa Central, constando el nombre de las personas autorizadas a girar sobre las mismas;

Que en respuesta a la Nota N° 29/SJG/03, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, informó que los partidos requirentes participaron junto con la Alianza Acción por la República, en las elecciones de legisladores de la Ciudad llevadas a cabo el 7/5/00, obteniendo dicha alianza la cantidad de 548.324 votos;

Que conforme surge del acuerdo de distribución de fondos de la Alianza Acción por la República, el Partido Acción por la República percibiría el setenta por ciento (70%) del total del aporte correspondiente a la Alianza, haciéndose cargo dicho Partido de la participación en los fondos públicos que le correspondan al Partido Jubilados en Acción;

Que el Partido Acción por la República se obligó a transferir al Partido Jubilados en Acción un monto no mayor al equivalente a 46.000 votos, y no menor al 12% del total de votos a legisladores que obtenga la Alianza Acción por la República, conforme los términos del Acuerdo Político...

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