Resolución N° 1914/GCABA/SS/03
Firmantes | Stern |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Salud |
Fecha de la disposición | 25 de Septiembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SALUD
RESOLUCIÓN N° 1914/ GCABA/ SS/ 03
MODIFICA EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 1.125/SS/2003-APROBACIÓN-REQUISITOS- PROCEDIMIENTO-PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN-TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN-HOSPITALES- ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN- CONSEJO DE INVESTIGACIÓN EN SALUD-TRABAJOS CIENTÍFICOS- METODOLOGÍA- PACIENTES-REGISTRO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN-CIRCUITO ADMINISTRATIVO-DECLARACIÓN DE HELSINKI DE LA ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL-GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS CLÍNICAS-COMITÉ CENTRAL DE BIOÉTICA EN INVESTIGACIÓN EN SALUD
Buenos Aires, 25/09/2003
Visto la Resolución N° 1.125/SS/03 (B.0. N° 1729), la Resolución N° 1.154/SS/03 (B.O. N° 1729) y la Nota N° 14.435/SS-CIS/02 y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 1.125/SS/03 (B.O. N° 1729) se aprobaron los requisitos y procedimientos aplicables a los proyectos y trabajos de investigación en Hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Resolución N° 1.154/SS/03 (B.O. N° 1729) se creó el Comité Central de Bioética en Investigación en Salud, estableciéndose entre sus misiones y funciones las de supervisar, evaluar y emitir dictámenes sobre los proyectos generados en los Hospitales dependientes de esta Secretaría y asesorar y asistir a las autoridades de los Hospitales y a los Comités de Ética de los mismos en relación a los proyectos y actividades de investigación;
Que, la Subsecretaría de Servicios de Salud propicia incorporar modificaciones al Anexo I del Decreto N° 1.125/SS/03, tendientes a agilizar los procedimientos aplicables a los proyectos y trabajos de Investigación como así también la incorporación en el mismo del Comité Central de Bioética en Investigación en Salud, en el marco de sus funciones;
Que, la descentralización de la evaluación de los proyectos de investigación y su aprobación en el ámbito hospitalario, sin perjuicio de la intervención de los niveles Superiores en los supuestos que resultare necesaria, dotará de mayor agilidad y economía en los procedimientos;
Que, por otra parte, la readecuación de los contenidos del formulario de Registro de Proyectos de investigación, permitirá optimizar el monitoreo y fiscalización por parte del Consejo de Investigación de Salud;
Que, en tal sentido, es necesario modificar los términos del Anexo I del Art. 1° de la Resolución N° 1.125/SS/03, a fin de incorporar las modificaciones detalladas en los considerandos...
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