Resolución N° 389/GCABA/SDS/03

FirmantesGonzález-Gass
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Desarrollo Social
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

RESOLUCIÓN N° 389/ GCABA/ SDS/ 03

DESESTÍMANSE EL RECURSO DE LA SRA. NANCY M. CENTURIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 204/SDSOC/03 Y EL RECLAMO DE LA MISMA POR DAÑOS Y PERJUICIOS- SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL , DESESTIMACIÓN DE RECURSOS , RECURSO DE RECONSIDERACIÓN , PROGRAMA DE ZOOTERAPIA , CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS , RESCISIÓN DE CONTRATOS

Buenos Aires, 27/08/2003

Visto el Expediente N° 34.859/03, y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación en el Visto tramita un recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto por la Sra. Nancy Mabel Centurión contra la Resolución N° 204/SDSOC/03,mediante la cual se rescindió el contrato de locación de servicios oportunamente suscripto con la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para desempeñarse en el Programa de Zooterapia;

Que mediante Carta Documento N° 00232103 9 AR de fecha 11 de abril de 2003, se notificó a la interesada la decisión de rescindir el contrato de locación de servicios a partir de la fecha indicada, la cual luce agregada a fs. 1;

Que con fecha 29 de abril de 2003, la interesada interpone recurso de reconsideración contra la decisión adoptada en sede administrativa de rescindir el contrato oportunamente suscripto, y plantea en subsidio recurso jerárquico, solicitando además, una reparación por los daños y perjuicios que se habrían derivado de una supuesta lesión a raíz de la mordedura de un can alojado en el servicio de Zooterapia;

Que mediante Registro N° 1.594/SDSOC/03, de fecha 17 de junio de 2003 la recurrente presenta un escrito complementario, solicitando su acumulación a las actuaciones principales y reitera todos y cada uno de los términos de su presentación inicial;

Que mediante Informe N° 5.060/SDSOC/03, se requirió la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en su Dictamen PG N° 19.344 obrante a fs.46/47, dicho Organismo Jurídico manifiesta que desde el punto de vista formal, es procedente la interposición del recurso jerárquico en subsidio del recurso de reconsideración, por ajustarse a la normativa que rige la materia (Arts. 103 y Ss. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1.510/GCBA/97);

Que en relación al aspecto sustancial del referido recurso, la recurrente expone que se agravia porque la Resolución impugnada no menciona las...

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