Resolución N° 445/PJCABA/CMCABA/03

FirmantesCastorino-May-Zubiría-De-Stefano-Iráizoz-Marsili-Fleitas-Ortiz-De-Rozas-(NO-FIRMA-POR-ENCONTRARSE-EN-USO-DE-LICENCIA)
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2003

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 445/ PJCABA/ CMCABA/ 03

ADJUDICA, POR LICITACIÓN PRIVADA, A LA FIRMA PAPELERA ALSINA S.A. LA PROVISIÓN DE RESMAS DE PAPEL - PODER JUDICIAL , CONSEJO DE LA MAGISTRATURA , LICITACIÓN PRIVADA 3-03 , ADJUDICACIÓN , ADQUISICIÓN DE RESMAS DE PAPEL

Buenos Aires, 07/08/2003

Visto el Expediente N° 41/03 por el que tramitó la Licitación Privada N° 3/03 para la adquisición de resmas de papel, autorizada por Resolución N° 180/03 de fecha 29 de abril de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el referido Expediente se inicia con la Nota N° 401/DGEJPJ-Intervención/03 donde se solicita el llamado a licitación privada para la adquisición de catorce mil resmas de papel para el Poder Judicial;

Que la Resolución citada en el Visto autoriza dicho procedimiento en virtud de haberse declarado fracasada por inadmisibilidad de oferta la Licitación Privada N° 1/03, persistiendo los requerimientos efectuados por las distintas dependencias de este Poder Judicial y el deber de este Consejo de facilitar los medios necesarios para un eficaz y eficiente desarrollo de las labores cotidianas de la Justicia de esta Ciudad;

Que se efectuaron las correspondientes invitaciones a participar de la mencionada licitación a veinticinco oferentes;

Que se procedió al cumplimiento de lo ordenado por dicha Resolución en su artículo 7°, según consta a fs. 56/60;

Que según consta en Acta de fecha 27 de mayo de 2003, obrante a fojas 78, se procedió a la apertura de las ocho ofertas presentadas.

Que el dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, obrante a fojas 801/806, aconseja la adjudicación a Papelera Alsina S.A. de los renglones 1 y 2, dado que cotiza el precio más bajo;

Que se publicó el dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones, dando cumplimiento al artículo 61, inciso 78 del Decreto N° 5.720/72, según obra a fs. 816/817;

Que deberá darse cumplimiento a la Ley N° 269 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma previa a la emisión de la orden de compra respectiva;

Que no se han presentado impugnaciones a la preadjudicación efectuada;

Que a fojas 819 ha tomado intervención el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos, no efectuando objeciones a la adjudicación a la firma Papelera Alsina...

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