Resolución N° 151/GCABA/SJG/03
Firmantes | Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría Jefe de Gabinete |
Fecha de la disposición | 5 de Agosto de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA JEFE DE GABINETE
ELECCIONES DE AGOSTO DE 2003 - APORTES DE CAMPAÑA
RESOLUCIÓN N° 151/ GCABA/ SJG/ 03
ASIGNA PANTALLAS PARA PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA, HASTA EL 24/8/03, A LAS ALIANZAS Y PARTIDOS POLÍTICOS QUE OFICIALIZARON CANDIDATOS A LEGISLADORES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CONFORME EL ARTÍCULO DE LA LEY N° 268, B.O. N° 837
Buenos Aires, 05/08/2003
Visto el Expediente N° 47.691/2003,y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 6° de la Ley N° 268 establece que el Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los partidos, confederaciones y alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en las pantallas de la vía pública que estén a su disposición. Éstos se distribuirán respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación. Estos espacios no serán computables a los efectos de lo dispuesto por los artículos 8° y 9°;
Que en virtud de ello se requirió a las empresas concesionarias que informen sobre los espacios disponibles a los fines del cumplimiento de dicha Ley;
Que obra agregado el listado de los elementos disponibles en la vía pública, proporcionados por las concesionarias;
Que las alianzas y los partidos políticos que han oficializado candidaturas a legisladores para el acto eleccionario del 24 de agosto de 2003 asciende a treinta y ocho (38) de acuerdo con el informe del Tribunal Superior de Justicia;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 430/GCBA/2002;
EL JEFE DE GABINETE
RESUELVE:
Asígnase hasta el 24 de agosto de 2003 ocho (8) pantallas y dos (2) pantallas iluminadas a cada alianza y partido político que oficializó candidatura en la categoría de legisladores de la Ciudad de Buenos Aires, cuya ubicación se describe en el Anexo que forma parte integrante del presente.
Establecese que las mismas se distribuirán respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación. (artículo 6° de la Ley N° 268).
Instrúyase al Sr. Director General de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos para que efectúe las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución debiendo suscribir las actas correspondientes para otorgar a los partidos políticos el espació publicitario en las pantallas de vía pública.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos. Fernández.
ANEXOS
ANEXO
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