Resolución N° 404/GCABA/SMAYPU/03
Firmantes | Epszteyn |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano |
Fecha de la disposición | 15 de Mayo de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO
HIGIENE URBANA
RESOLUCIÓN N° 404/ GCABA/ SMAYPU/ 03
ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE TAREAS DE HIGIENE Y SANEAMIENTO EN EL INMUEBLE SITO EN FRAY JUSTO SANTA MARÍA DE ORO 2251
Buenos Aires, 15/05/2003
Visto el Expediente N° 15.371/2003, relacionado con la higienización, el saneamiento y la construcción de acera reglamentaria del inmueble sito en la calle Fray Justo Santa María de Oro 2251, y
CONSIDERANDO:
Que de los informes, denuncias e inspecciones practicadas en la finca de que se trata y obrantes en las referidas actuaciones, surge que en el presente caso se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública;
Que identificado el titular de la finca, se procedió a cursar cédula de intimación a fin que se proceda a regularizar la situación planteada;
Que transcurrido el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado se comprobó que las tareas no fueron realizadas, permaneciendo las deficiencias que dieron origen al procedimiento ya mencionado;
Que es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoria Ordenanza N° 33.681 (B.M. N° 15.575);
Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del Poder de Policía por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad;
Que habiendo efectuado consulta a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a seguir respecto de la situación planteada, dicha asesoría legal emitió dictamen (45/46) considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público;
Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad al inmueble precedentemente citado, a fin de realizar los trabajos pertinentes, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para gestionar se disponga en sede judicial el allanamiento del mismo, a efectos de llevar a cabo los trabajos que por la presente Resolución se ordenan;
Por ello y en uso de las facultades...
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