Resolución N° 1570/GCABA/SHYF/03

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

ACTA ACUERDO

RESOLUCIÓN N° 1570/ GCABA/ SHYF/ 03

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 4.476/SHYF/98, B.O. N° 645, APRUEBA EL ACTA ACUERDO CELEBRADA ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Y LA CASA OTTO HESS S.A.

Buenos Aires, 28/05/2003

Visto el Registro N° 320/CVDexMCBA/97; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 4.476/SHYF/98 se desestimó la verificación crediticia interpuesta, en los términos del Decreto N° 225/GCBA/96, por Casa Otto Hess S.A.;

Que la mentada decisión se fundamentó -con la previa opinión favorable de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires- en la falta de respuesta por parte de la accionante ante la propuesta de pago, puesta en su conocimiento, para abonarle las sumas reconocidas y verificadas en su favor como deudas anterior al 6/8/96 y posterior a la indicada fecha;

Que, con posterioridad a tal pronunciamiento, la interesada se presentó el 25 de agosto de 2000 respondiendo a las alternativas ofrecidas -el 9 del mismo mes y año- para satisfacerle las mentadas acreencias como consecuencia de una reformulación de propuesta de pago transmitida, previo consentimiento de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a través de su Dictamen del 15 de julio de 1999;

Que en el asesoramiento de marras, requerido por la entonces Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, el Órgano Jurídico Asesor entendió procedente -de ser ello beneficioso para los intereses del Gobierno de la Ciudad- la efectivización de ese nuevo ofrecimiento de pago;

Que atento lo señalado corresponde formalizar el necesario acto administrativo por el cual se establezcan las pautas para satisfacerle a Casa Otto Hess S.A. el crédito reconocido en su favor volcadas en el Acta Acuerdo con él suscripta, por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 2.329/GCBA/99;

Que el verificante aceptó cobrar su acreencia -anterior al 6/8/96- de pesos ocho mil ochocientos treinta y cinco con noventa centavos ($ 8.835,90), en treinta (30) cuotas mensuales a partir del 1° de junio de 1998, con una quita del veinticinco por ciento (25 %);

Que en consecuencia de lo expuesto cabe reconocerle el pago de pesos seis mil seiscientos veintiséis con noventa y dos centavos ($ 6.626,92) en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225/GCBA/96;

Que la citada suma devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6/8/96 hasta el momento de su pago total, conforme la opción ejercida;

Que la cancelación de lo adeudado se formalizará mediante un pagaré Decreto N° 225/GCBA/96, emitido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula sin protesto el cual será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe total será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquellas que, conforme a la propuesta aceptada, se encuentran vencidas a la fecha y tendrá incorporado los intereses sobre saldos conforme al sistema francés de amortización a la tasa citada en el párrafo precedente (Art. 1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236/SSHYF/SSG/97);

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