Resolución N° 1236/GCABA/SHYF/03

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

ACTAS ACUERDOS

RESOLUCIÓN N° 1236/ GCABA/ SHYF/ 03

APRUEBA EL ACTA ACUERDO CELEBRADA CON EL SÍNDICO CONCURSAL DE LOS AUTOS TRANS BANK S.R.L. S/QUIEBRA

Buenos Aires, 05/05/2003

Visto el Registro N° 93/CVDEXMCBA/97; y,

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Registro tramita la presentación efectuada por Transbank S.R.L.;

Que al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225/GCBA/96 gestionó la verificación de un crédito de pesos trescientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y nueve con veinticinco centavos ($ 346.149,25);

Que atribuyó su pretendida acreencia a su prestación de servicios de admisión, transporte y distribución de correspondencia a hospitales de la Secretaría de Salud;

Que en el trámite de la petición intervino la ex Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires creada por el acto administrativo precedentemente citado;

Que dicho cuerpo impuso a lo solicitado el procedimiento establecido por la norma que institucionalizara su funcionamiento;

Que produjeron sus informes las dependencias cuyas actuaciones fueron requeridas;

Que la prestación del servicio fue acreditada por Resolución N° 2.228/SS/99;

Que por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de la Capital Federal N° 13, Secretaría N° 25, se decretó la falencia de la titular del crédito insinuado a través de este Registro, en autos caratulados Trans Bank S.R.L. s/Quiebra;

Que ha quedado acreditada la designación del Estudio Contable Pees Labory, Bottarelli y Asociados, como Síndico en las actuaciones de marras;

Que en atención a lo precedentemente expuesto el nombrado funcionario judicial -en la persona de su integrante Enrique Daniel Pees Labory- fue notificado para que se manifestara respecto de la propuesta de pago para satisfacer el crédito verificado a favor de la causante, como deuda anterior al 6 de agosto de 1996;

Que el 29 de noviembre de 2002 la Sindicatura -con la conformidad del Juez de la quiebra- acepta percibir el crédito reconocido en este Registro, por un importe de pesos doscientos cincuenta y dos mil ciento treinta con cincuenta y seis centavos ($ 252.130,56), sin quita, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, a partir del 1° de junio de 1998;

Que la citada suma devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %)...

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