Resolución N° 405/GCABA/SOYSP/03
Firmantes | Fatala |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Obras y Servicios Públicos |
Fecha de la disposición | 30 de Abril de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - RECHAZO DE RECURSOS -
RESOLUCIÓN N° 405/ GCABA/ SOYSP/ 03
RECHAZA EL RECURSO DE LA SRA. LIDIA E. L. AUDISIO EN EL EXPEDIENTE N° 12.314/94. REVOCA EL PERMISO PROVISORIO DE TAXI SOBRE EL VEHÍCULO DOMINIO C 1.541.342
Buenos Aires, 30/04/2003
Visto el Expediente N° 12.314/94, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Expediente la señora Audisio, Lidia Elena Luján, DNI 5.492.357 tramita la solicitud de inclusión en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo patente C 1.541.342, alegando derechos sobre la licencia N° 19.477;
Que con las pruebas aportadas por la reclamante no ha quedado acreditado en las actuaciones de referencia que ésta contara con la habilitación correspondiente al momento de realizarse el Reempadronamiento General de Taxis realizado durante el año 1991;
Que la tenencia del certificado de reempadronamiento no acredita ni la legalidad de la documentación que hubiere podido ser entregada, ni implica la aceptación de los datos aportados por el presentante como ciertos;
Que a fojas 86 emitió informe la Comisión de Estudio creada por Resolución N° 14/SSTYT/2000, destacando que la documentación acompañada en las actuaciones resulta apócrifa y que por consiguiente recomendó se procediese al rechazo de la pretensión;
Que ello se vio corroborado con el extracto de la pericia caligráfica que se agrega a fojas 83/85;
Que obra dictamen emitido oportunamente por la Procuración General en el sentido de rechazar la pretensión;
Que el mismo es ratificado mediante Dictamen N° 14.172 al no haberse incorporado ningún elemento que permita variar el criterio anteriormente sostenido;
Que en consecuencia, corresponde se disponga el rechazo de la pretensión articulada, no haciendo lugar al recurso jerárquico presentado y confirmando en consecuencia lo oportunamente resuelto a fojas 19;
Que en virtud de la Resolución N° 118/SSTYT/92, los titulares de reclamos para la inclusión en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro fueron autorizados a prestar servicio mientras no se hubiesen resuelto definitivamente las actuaciones;
Que siendo que con el rechazo del recurso jerárquico interpuesto ha quedado agotada la instancia administrativa, corresponde se disponga la revocación del permiso provisorio y precario concedido en virtud de la Resolución...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba