Resolución N° 211/GCABA/SGYCC/03
Firmantes | Giudici |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Gobierno y Control Comunal |
Fecha de la disposición | 10 de Abril de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES
RESOLUCIÓN N° 211/ GCABA/ SGYCC/ 03
RESUELVE LA RECONSTRUCCIÓN DEL EXPEDIENTE N° 251.673/69 Y LA INSTRUCCIÓN DE UN SUMARIO POR EL EXTRAVÍO DEL ORIGINAL
Buenos Aires, 10/04/2003
Visto el Expediente N° 12.243/03 y agregados, por el cual la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, solicita la reconstrucción del Expediente N° 251.673/69; y
CONSIDERANDO:
Que a pesar de la intensa búsqueda efectuada dentro del área de la mencionada Dirección General, así como también en las distintas Secretarías y Reparticiones dependientes del Órgano Ejecutivo, mediante Memorándum N° 554/SGYCC/03, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa, por lo que procede autorizar su reconstrucción;
Por ello,
LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RESUELVE:
Reconstrúyase el Expediente N° 251.673/69, según lo dispuesto en el Art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97, B.O. N° 310) y conforme lo establecido en la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD 221.18 Cap. V.
La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, -Dirección de Sumarios- procederá a instruir el correspondiente Sumario Administrativo a fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 251.673/69.
La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informar los movimientos registrados por la misma, dando intervención a las Reparticiones actuantes en el Expediente a reconstruir, las que deberán adjuntar copias autenticadas de los actos por ellas emitidos.
La Dirección General de Habilitaciones y Permisos comunicará al interesado el extravío a fin de que acompañe las copias de los escritos y documentación que posea, los que deberán ser incorporados al Expediente en reconstrucción.
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