Resolución N° 79/GCABA/SSTT/03
Firmantes | Blot |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Subsecretaría de Tránsito y Transporte |
Fecha de la disposición | 9 de Abril de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESOLUCIÓN N° 79/ GCABA/ SSTT/ 03
SE DENIEGA LA SOLICITUD DE LA SRA. MARÍA DE LAS MERCEDES CARRO CAMPOS DE SCHERER KEEN PARA LA INCLUSIÓN DEL VEHÍCULO PATENTE C 1.345.681 EN EL REGISTRO DE TAXIS
Buenos Aires, 09/04/2003
Visto el Expediente N° 4.324/99, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Expediente la señora María de las Mercedes Carro Campos de Scherer Keen, DNI 5.938.193, tramita la solicitud de inclusión en el Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo patente C 1.345.681;
Que obra dictamen emitido por la Procuración General, de fecha 6 de marzo de 1997, por el que se consideró que la peticionante no incorporó pruebas de entidad suficiente para acreditar los antecedentes históricos de la licencia, no correspondiendo acceder a lo peticionado;
Que posteriormente se presentó al censo de permisos provisorios, precarios y revocables, acompañando documentación;
Que opinó la Comisión de Estudio Resolución N° 14/SSTYT/00, destacando que el formulario de cambio de uso agregado al Expediente resultaría apócrifo, conforme la pericia realizada por la División Scopometría de la Policía Federal, correspondiendo el dictado del acto administrativo rechazando la pretensión;
Que mediante Dictamen N° 14.747, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, opina que el recurso interpuesto no aporta elemento alguno que permita variar el temperamento oportunamente adoptado, aconsejando el dictado de la Resolución denegatoria;
Que siendo que ha habido una tolerancia de la administración, al autorizar el funcionamiento de taxis con recursos pendientes, la vigencia del permiso provisorio, precario y revocable se halla vinculada a lo que en definitiva se resuelva acerca de los mismos, por lo que debe revocarse el permiso precario oportunamente otorgado;
Que en tal inteligencia, corresponde intimar a la recurrente a acreditar la eliminación de todas las señales distintivas de taxi y la devolución de toda la documentación habilitante que pudiera estar en su poder;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:
Deniégase lo peticionado por la señora María de las Mercedes Carro Campos de Scherer Keen, DNI 5.938.193, con relación a la solicitud de inclusión del vehículo patente C 1.345.681, en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.
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