Resolución N° 517/GCABA/SHYF/03

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

DEUDAS TRIBUTARIAS - CONTRIBUYENTES - IMPUESTOS

RESOLUCIÓN N° 517/ GCABA/ SHYF/ 03

PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS CON EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SUSPENDE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 3.117/SHYF/02, B.O. N° 1543. ESTABLECE PARÁMETROS PARA LA CANCELACIÓN DE DEUDAS EN GESTIÓN JUDICIAL C.I. N° 77.663/DGR/02.

Buenos Aires, 11/03/2003

Visto los términos de la Resolución N° 15.733/SHYF/97 (B.O. N° 342) y sus modificatorias N° 3.555/SHYF/98 (B.O. N° 522), N° 5.268/SHYF/98 (B.O. N° 645), N° 801/SHYF/00 (B.O. N° 950), N° 173/SHYF/01 (B.O. N° 1143), N° 3.117/SHYF/02 (B.O. N° 1543) y la Resolución N° 2.243/DGRYEI/98 (B.O. N° 450); y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 9 de octubre de 2002 se publicó la Resolución N° 3.117/SHYF/02, modificatoria de los artículos 4° y 7° de la Resolución N° 15.733/SHYF/97;

Que asimismo la Resolución N° 3.116/SHYF/02 fijó la tasa por financiación para planes de facilidades de pago en 1,5% mensual;

Que la implementación de ambas normas legales ocurre en una etapa de transición originada por la migración de los sistemas informáticos de la Dirección General de Rentas a un nuevo prestatario;

Que ello imposibilitaría su operatividad en tiempo y forma, ya que la puesta en marcha del plan de facilidades normado por la Resolución N° 3.117/SHYF/02 implica un nuevo diseño del sistema que lo soporta;

Que con el propósito que los contribuyentes se encuentren en condiciones de poder cancelar sus deudas transferidas o en estado de ejecución fiscal, se ha decidido acordar una oportunidad adicional a los mismos posibilitándoles el pago de dichas deudas;

Que resulta necesario introducir algunas modificaciones a la Resolución N° 3.117/SHYF/02 a fin de adecuarla a lo solicitado por la Procuración General y abreviar sus plazos de implementación.

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Suspéndase la implementación de los términos de la Resolución N° 3.117/SHYF/02 hasta el 31 de mayo de 2003.

Artículo 2°

Durante la suspensión dispuesta en el artículo 1°, se acordarán facilidades de pago de deudas en gestión judicial de acuerdo con los términos de la Resolución N° 15.733/SHYF/1997 y sus modificatorias, los que se ajustarán a las siguientes...

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