Resolución N° 517/GCABA/SHYF/03
Firmantes | Pesce |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 11 de Marzo de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
DEUDAS TRIBUTARIAS - CONTRIBUYENTES - IMPUESTOS
RESOLUCIÓN N° 517/ GCABA/ SHYF/ 03
PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS CON EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SUSPENDE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 3.117/SHYF/02, B.O. N° 1543. ESTABLECE PARÁMETROS PARA LA CANCELACIÓN DE DEUDAS EN GESTIÓN JUDICIAL C.I. N° 77.663/DGR/02.
Buenos Aires, 11/03/2003
Visto los términos de la Resolución N° 15.733/SHYF/97 (B.O. N° 342) y sus modificatorias N° 3.555/SHYF/98 (B.O. N° 522), N° 5.268/SHYF/98 (B.O. N° 645), N° 801/SHYF/00 (B.O. N° 950), N° 173/SHYF/01 (B.O. N° 1143), N° 3.117/SHYF/02 (B.O. N° 1543) y la Resolución N° 2.243/DGRYEI/98 (B.O. N° 450); y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 9 de octubre de 2002 se publicó la Resolución N° 3.117/SHYF/02, modificatoria de los artículos 4° y 7° de la Resolución N° 15.733/SHYF/97;
Que asimismo la Resolución N° 3.116/SHYF/02 fijó la tasa por financiación para planes de facilidades de pago en 1,5% mensual;
Que la implementación de ambas normas legales ocurre en una etapa de transición originada por la migración de los sistemas informáticos de la Dirección General de Rentas a un nuevo prestatario;
Que ello imposibilitaría su operatividad en tiempo y forma, ya que la puesta en marcha del plan de facilidades normado por la Resolución N° 3.117/SHYF/02 implica un nuevo diseño del sistema que lo soporta;
Que con el propósito que los contribuyentes se encuentren en condiciones de poder cancelar sus deudas transferidas o en estado de ejecución fiscal, se ha decidido acordar una oportunidad adicional a los mismos posibilitándoles el pago de dichas deudas;
Que resulta necesario introducir algunas modificaciones a la Resolución N° 3.117/SHYF/02 a fin de adecuarla a lo solicitado por la Procuración General y abreviar sus plazos de implementación.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Suspéndase la implementación de los términos de la Resolución N° 3.117/SHYF/02 hasta el 31 de mayo de 2003.
Durante la suspensión dispuesta en el artículo 1°, se acordarán facilidades de pago de deudas en gestión judicial de acuerdo con los términos de la Resolución N° 15.733/SHYF/1997 y sus modificatorias, los que se ajustarán a las siguientes...
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