Resolución N° 28/GCABA/SGCBA/03

FirmantesCastorino
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorF/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LICITACIONES PRIVADAS

RESOLUCIÓN N° 28/ GCABA/ SGCBA/ 03

ADQUISICIÓN DE CARTUCHOS DE TONER PARA IMPRESORAS. DEJA SIN EFECTO EL LLAMADO CONVOCADO POR RESOLUCIÓN N° 59/CM/03. LLAMA A LICITACIÓN PRIVADA N° 2/03

Buenos Aires, 10/03/2003

Visto las actuaciones labradas con motivo de la compra de cartuchos de toner para impresora, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 59/2003 del 4 de marzo de 2003, se autorizó el llamado a la Licitación privada N° 2/03 con el objeto de adquirir cartuchos de toner para impresoras en las condiciones impuestas en el pliego de bases y condiciones obrante en el Expediente N° 14/03 a fs. 4/11;

Que si bien el informe técnico elaborado por la Intervención dispuesta por la Resolución CM N° 18/2003 manifiesta que no se advierten obstáculos de índole legal o reglamentario para habilitar el progreso de la autorización solicitada, se advierte sin embargo que se ha omitido dar cumplimiento a lo estipulado al régimen de publicidad de las contrataciones del Estado;

Que dicho régimen se encuentra establecido en el Decreto N° 826/88 P.E.N., que en su artículo 3° inciso b) establece que los llamados a las licitaciones privadas se deberán publicar durante dos (2) días y con tres (3) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas;

Que la publicidad, como principio general del procedimiento administrativo supone la posibilidad de que el mayor número de interesados tome conocimiento del pedido de ofertas de la Administración, ampliando de esta forma la concurrencia y la competencia;

Que la Resolución que autorizó la licitación privada de referencia, estableció como fecha de apertura de ofertas el día 18 de marzo de 2003, a las 17 hs. y que en virtud de lo expresado anteriormente, es necesario establecer una nueva fecha para realizar el acto de apertura de ofertas y ordenar la publicación del llamado a licitación y así dar cumplimento al principio de publicidad, imprescindible en toda contratación que realice cualquier órgano estatal;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 31 y sus modificatorias;

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Déjase sin efecto el...

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