Resolución N 744/GCABA/SSPLAN/11
Firmantes | Lostri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 1 de Noviembre de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 744/GCABA/SSPLAN/11SE AUTORIZA AL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN TINOGASTA 2882/84/86
Buenos Aires, 01 de noviembre de 2011
RESOLUCIÓN N.° 744/SSPLAN/11
Buenos Aires, 1 de noviembre de 2011
VISTO:
El Expediente N° 78632/2007 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Tinogasta N° 2882/84/86 (UF N° 1 y 2), y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 78,90m2 los cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (PB: Acceso, Sector Estar Comedor Diario; 1° Piso: Balcón, Escalera, Sector Dormitorio, Vestidor, Baño y Paso; 2° Piso: Salón de Juegos, Paso y Escalera), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 41) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 44 a 50), con destino Vivienda Multifamiliar;
Que obra a fojas 11 a 12 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, con su autorización correspondiente según consta a fojas 42 a 43;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.4 "Escaleras Principales, sus características", el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de Locales de Primera Clase y el Art. 4.6.4.3 "Iluminación y Ventilación de locales de segunda clase y escaleras principales", todos del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.4 "Distrito R2bII, Disposiciones Particulares, inciso d) FOT Máximo" y el Art. 4.1.3.3 "Prohibiciones Relativas a las áreas descubiertas", ambos del Código de Planeamiento Urbano;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 51 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya...
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