Resolución N° 3/GCABA/SGYCC/03
Firmantes | Giudici |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Gobierno y Control Comunal |
Fecha de la disposición | 10 de Enero de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - DESESTIMACIÓN DE RECLAMOS
RESOLUCIÓN N° 3/ GCABA/ SGYCC/ 03
DESESTIMA EL RECURSO DE LA EMPRESA METROVÍAS S.A. CONTRA LAS PROVIDENCIAS NROS. .676/DGDPT/02 Y 3.046/DGDPT/02 S-POR LA CUAL SE INTIMÓ A LA CITADA EMPRESA PARA QUE EN EL TÉRMINO DE 48 HS. ADJUNTARA COPIAS DE SU ESCRITO Y DE LA DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA, BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERLO POR NO PRESENTADO, Y N° 3.046/DGDPT/2002 POR LA QUE SE HIZO EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO ORDENADO POR LA PROVIDENCIA MENCIONADA
Buenos Aires, 10/01/2003
Visto el Expediente N° 50.179/02 (6 Cuerpos), y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia la empresa Metrovías S.A. interpuso Recurso Jerárquico en subsidio del de Reconsideración contra las Providencias N° 2.676/DGDPT/2002, por la cual se intimó a la citada empresa para que en el término de 48 hs. adjuntara copias de su escrito y de la documentación acompañada, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado, y N° 3.046/DGDPT/2002 por la que se hizo efectivo el apercibimiento ordenado por la providencia mencionada;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitió Dictamen de fecha 26 de diciembre de 2002 sobre la cuestión en análisis;
Que de las constancias de autos se desprende que la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización mediante Resolución N° 594/SSRYF/2002, y de acuerdo a lo previamente aconsejado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desestimó el Recurso de Reconsideración impetrado por Metrovías S.A.;
Que mediante Registro N° 1.799/SGYCC/02 la empresa en cuestión amplió y mejoró los fundamentos de su presentación recursiva;
Que en cuanto al aspecto formal de la presentación, la Procura-ción General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires considera que corresponde el tratamiento del Recurso Jerárquico impetrado en subsidio del de Reconsideración por haber sido deducido en legal tiempo y forma, cuya ampliación de fundamentos fue presentada en fecha 29/11/02, conforme lo establecido por los Arts. 107 y 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/GCBA/97);
Que en su presentación, el recurrente señaló que a su juicio, no han resultado objeto de tratamiento por parte de la Administración, las defensas por él esgrimidas en la medida recursiva que fuera desestimada por Resolución N° 594/SSRYF/02;
Que...
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