Resolución N° 330 - Letra: A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 190
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 28 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
al Convenio suscripto entre el Defensor de los Derechos de las Niñas, Ni-
ños y Adolescentes y la Policía de la Provincia de Córdoba, el que como
Anexo II, con cuatro (4) fojas útiles, forma parte integrante de la presente
Resolución.”
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, remítase a Contaduría Ge-
neral de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 293 - Letra: A
Córdoba, 7 de Agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-128669/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION IPROCOM INSTITUTO PARA LA PRO-
MOCION DEL COMERCIO ELECTRONICO”, con domicilio social en la
Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal
para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exi-
gidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
IPROCOM INSTITUTO PARA LA PROMOCION DEL COMERCIO ELEC-
TRONICO”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Ar-
gentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “FUN-
DACION IPROCOM INSTITUTO PARA LA PROMOCION DEL COMER-
CIO ELECTRONICO”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 330 - Letra: A
Córdoba, 31 de Agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0528-008665/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “CÓNDOR HUASI ASOCIACION CIVIL”, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización
estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CÓNDOR HUASI
ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Re-
pública Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “CÓN-
DOR HUASI ASOCIACION CIVIL.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la delegación
Río Cuarto para la inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 336 - Letra: A
Córdoba, 4 de septiembre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-133678/2017, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “FUNDACION AMAZONAS”, con domicilio social en la Pro-
vincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para
funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,

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