Resolución N° 212/PJCABA/CMCABA/02

FirmantesGauna - Casas De Chamorro Vanasco - Cárcova - Bonatto - Lorenzo - Cueto Rúa
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición18 de Julio de 2002

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 212/ PJCABA/ CMCABA/ 02

DECL ARA OBJETIVO DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN JUDICIAL, LA ASISTENCIA A LAS II JORNADAS SOBRE EL FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA C.A.B.A. ESTABLECE PARA EL PERSONAL DE ESE FUERO ASUETO PARCIAL PARA LOS DIAS 14 Y 15 DE AGOSTO DE 2002

Buenos Aires, 18/07/2002

Vistos:

La Resolución C.M. N° 135/2002; la presentación del Sr. Coordinador General de las II Jornadas sobre el Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Roberto A. Gallardo, en la que solicita se declaren inhábiles los días de desarrollo de dichas Jornadas y se amplíe la mencionada resolución indicando que la asistencia sea un objetivo de capacitación y formación judicial para los empleados del mencionado Fuero; el informe del Sr. Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial a dicho respecto; y .

CONSIDERANDO:

Que las precitadas Jornadas han sido ya consideradas por este Consejo de la Magistratura como una actividad de capacitación y formación judicial y en tal sentido resulta adecuado facilitar la concurrencia de magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario.

Que el programa esbozado es muy amplio y contempla la participación de numerosos integrantes del mencionado Fuero, así como de funcionarios del Gobierno de la Ciudad, y reconocidos especialistas en Derecho Administrativo y Constitucional.

Que los paneles demandan una presencia permanente durante el día inicial, desde las 14:00 horas y la totalidad del segundo día, lo que se vería frustrado si se mantiene el funcionamiento habitual de los tribunales y unidades del Ministerio Público concernidos.

Que las particularidades del Fuero mencionado reclaman y justifican el desarrollo de ámbitos como el de las Jornadas, con la mayor participación posible.

Por ello, y en función de las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial le confieren al Consejo de la Magistratura.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Declárase asueto el día 14 de agosto de 2002, entre las 13 y las 15 horas para el Fuero Contencioso Administrativo...

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