Resolución Nº 329/GCABA/AGC/17

FirmantesPedace
EmisorDireccion Ejecutiva Agencia Gubernamental de Control

VISTO:

Las Leyes N° 2.624 y N° 471 (textos consolidados por la Ley N° 5.666), el Decreto N°

1550-GCBA/08 y su modificatorio N° 117-GCBA/17, el Expediente Electrónico N°

18368054-MGEYA-AGC/17, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y se determinó su organización y competencia;

Que el Decreto N° 1550-GCBA/08 -modificado por el Decreto N° 117-GCBA/17-

delegó en los Ministros del Poder Ejecutivo la facultad de autorizar de forma

excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes comprendidos en la Ley N°

471 y estableció que el período por el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder

de 1 (un) año, renovable por un período similar;

Que en el marco del Expediente Electrónico citado en el Visto, la Sra. María Victoria

Rey Méndez (CUIL 27-33327137-6), solicitó licencia sin goce de haberes por el

período comprendido entre el 14 de Agosto de 2017 y el 13 de Agosto de 2018;

Que la Subgerencia Operativa Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia

Operativa Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación

Administrativa de esta Agencia Gubernamental de Control- solicitó se le otorgue

licencia sin goce haberes a la mencionada agente, informando que reviste bajo la

modalidad de Planta Transitoria en la en la Unidad Operativa Fiscalización Integral de

este organismo y que posee partida presupuestaria N° 26620300 - UOF;

Que el titular de la referida Unidad Operativa Fiscalización Integral de esta Agencia

prestó conformidad con la licencia requerida;

Que dicha conformidad implica que la concesión de la licencia requerida no alteraría el

normal desarrollo de las tareas;

Que el artículo 6° de la Ley N° 2.624 faculta al suscripto a organizar y reglamentar el

funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico funcional para

los niveles inferiores a los aprobados por dicha Ley, los organizativos, operativos y de

administración;

Que en tal contexto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que otorgue la

licencia sin goce de haberes requerida;

Que la Gerencia Operativa Coordinación Legal de la Dirección General Legal y

Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control ha...

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