Resolución N° 329 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Septiembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 203
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
y Notarial, por el cual se da visto bueno a la contratación de que se trata,
destacando que el marco legal aplicable es el dispuesto por el artículo 10
- inciso b) apartados 16 y 18 y el artículo 11 in ne de la Ley N° 10.155.
Que obra Dictamen Nº 377/2021 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el cual se expresa que, a tenor de lo
manifestado por los funcionarios intervinientes (en especial nota de fe-
cha 1 de julio de 2021), de acuerdo a la normativa citada y habiéndose
dado cumplimiento al procedimiento de contratación previsto en la Ley
N° 10.155 y su Decreto Reglamentario N° 305/2014 e Instructivo para
la Compra de Inmuebles en el marco del Plan LoTengo Resolución
Nº 111/17 de la Dirección de Vivienda, puede procederse a la contra-
tación propiciada, en los términos de lo establecido por el artículo 11
de la citada Ley y Ley Nº 10.723, remitiendo a posteriori los presentes
actuados a Escribanía General de Gobierno, previa intervención de
Fiscalía de Estado –Anexo III Artículo 10º Punto 10.1 apartados 13 y
16 Ley N° 10.155 y cumplimentando oportunamente lo dispuesto por
el artículo 123 del “Cuerpo Normativo Unificado del Sistema Integrado
de Administración Financiera” de la Dirección General de Presupuesto
e Inversiones Públicas, de la Dirección General de Tesorería y Crédito
Público y de la Contaduría General de la Provincia - Resolución
Nº 03/2018 de la Secretaría de Administración Financiera, con las
observaciones allí expresadas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N°
377/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con la MUNICIPA-
LIDAD DE BUCHARDO (CUIT Nº 30-99909893-9), la “ADQUISICIÓN
DE VEINTIDÓS (22) INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA MUNICI-
PALIDAD DE BUCHARDO, DEPARTAMENTO GENERAL ROCA, PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA, CON AFECTACIÓN AL PLAN LOTENGO” ,
ubicados en la Localidad de Buchardo, Departamento General Roca
de la Provincia de Córdoba, por un monto total de Pesos Tres Millones
Trescientos Treinta y Dos Mil Setenta ($ 3.332.070,00), cuyos datos
parcelarios y dominiales se describen en autos.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Tres Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Setenta ($ 3.332.070,00),
conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de
Administración de la Dirección de Vivienda en su Documento de Conta-
bilidad – Nota de Pedido Nº 2021/000046, con cargo a Jurisdicción 1,50,
Programa 518-000, Partida 13.01.00.00, Terrenos, del P.V.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Subsecretario de Regularización
Dominial y Recupero de Viviendas Sociales a suscribir el contrato pertinen-
te, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales
correspondientes.
Artículo 4º.- DISPÓNESE que una vez concluido el trámite dispuesto
por los artículos precedentes, se giren las presentes actuaciones a Escri-
banía General de Gobierno, previa intervención de Fiscalía de Estado, a
los nes de efectuar la escritura traslativa de dominio de los inmuebles de
que se trata para ser ingresados al dominio de la Provincia de Córdoba -
Dirección de Vivienda y su posterior transferencia a los adjudicatarios.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección de Vivienda a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 329
Córdoba, 24 de septiembre de 2021
Expediente N° 0045-023054/2021.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Director y la Subdirectora
de la Dirección de Vialidad de este Ministerio, propician se disponga
la incorporación en el Plan de Inversión de Obras Públicas para el
Ejercicio Presupuestario Año 2021, de la obra: “PAVIMENTACIÓN DE
LA CALLE VÉLEZ SARSFIELD, NIETO, CORONEL OLMEDO, CALLE
PÚBLICA Y MONSEÑOR DOMINGO FARINA EN LA LOCALIDAD DE
SAN PEDRO Y REACONDICIONAMIENTO DEL PORTAL DE INGRE-
SO – LOCALIDAD DE SAN PEDRO – DEPARTAMENTO SAN ALBER-
TO”, en el marco del artículo 31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente pedido a los fines de incorporar en el
referido Plan, la obra que se describe en la nota incorporada en autos,
atento que al momento de confeccionar el Presupuesto para el año
2021 no fue individualizada, en razón de haber surgido la necesidad de
su ejecución con posterioridad a la fecha de elaboración del antepro-
yecto del Plan de Inversión de Obras Públicas para el presente ejercicio
presupuestario.
Que el Director de la Dirección de Vialidad informa que: “…En ra-
zón del plazo de ejecución previsto en la obra será afectada presu-
puestariamente en el año 2021 y 2022…”.
Que el señor Director General de Administración de este Ministerio
expresa que la obra solicitada deberá ser individualizada en el Plan de
Obras del Ejercicio Presupuestario - Año 2021, en el “Programa 504”,
incorporando Planilla Anexa sobre el monto de los trabajos e informan-
do que los mismos serán compensados con los créditos asignados a
la jurisdicción de este Ministerio. Asimismo, aclara que los programas
presupuestarios involucrados poseen una obra nominada “Obras de
Emergencias e Imprevistas sin Discriminar”.
Que obra Dictamen N° 386/2021 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las
constancias agregadas en autos y conforme lo dispuesto por el artículo
31 de la Ley Nº 9086 y artículo 2º del Cuerpo Normativo Unificado del
Sistema Integrado de Administración Financiera aprobado por el artí-
culo 1º de la Resolución Nº 3/2018 de la Secretaría de Administración
Financiera del Ministerio de Finanzas, puede dictarse el acto adminis-
trativo conforme lo propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado

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