Resolución N° 1831/GCABA/SHYF/01
Firmantes | Pesce |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 28 de Septiembre de 2001 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN N° 1831/ GCABA/ SHYF/ 01
DESESTIMA RECURSO INTERPUESTO POR LA FEDERACIÓN CICLISTA ARGENTINA
Buenos Aires, 28/09/2001
Visto los Expedientes N° 23.555/00, N° 32.027/2000 y N° 7.248/2001; y
CONSIDERANDO:
Que, la Federación Ciclista Argentina interpone un recurso Jerárquico contra la Resolución N° 1.984/SHyF/SSGO/00, norma mediante la cual se dispone el desalojo administrativo del Parque Polideportivo Manuel Belgrano, conforme a lo ordenado por el Decreto N° 584/95;
Que, al respecto cabe advertir, que la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, concedió el uso precario y gratuito del referido predio a la mentada Federación, por el término de diez (10) años, según Convenio celebrado con fecha 10 de Diciembre de 1982;
Que, dicho permiso, en su cláusula tercera, facultaba a la autoridad otorgante, la posibilidad de revocarlo, por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin derecho a indemnización a la permisionaria;
Que el 17 de Diciembre de 1984, por Ordenanza N° 40.233, el ex Concejo Deliberante, en uso de las facultades que le son propias, revocó el permiso precario oportunamente otorgado;
Que, por Decreto N° 584/95 el ex Intendente Municipal, en uso de las facultades conferidas por el Art. 31 inciso x de la Ley Orgánica Municipal, dispuso el desalojo administrativo del predio, por haber operado el plazo estipulado en el citado Convenio ;
Que, la Federación, promovió juicio de amparo, que tramitó por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 14, Secretaria Única, el que fuera rechazado sin que se produzca la restitución del bien, manteniendo una indebida ocupación;
Que, a su vez, la ex Municipalidad promovió un juicio contra la Federación Ciclista Argentina, caratulado: "M.C.B.A. C/ Federación Ciclista Argentina S/Fijación de canon locativo" en el que solicitó la fijación de un canon locativo desde la fecha de vencimiento del permiso precario y otorgado en 1982 hasta la total desocupación y entrega del Parque a esta Ciudad;
Que la demandada reconoció el derecho invocado por el Gobierno de la Ciudad con relación a la facultad que le asiste para reclamarle el valor locativo por la ocupación que detentaba sobre el predio en cuestión, al señalar la Federación que no se encontraba en condiciones económicas para afrontar el pago de un canon;
Que, la Comisión creada por Decreto N°...
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