Resolución N° 1786/GCABA/SHYF/01

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 1786/ GCABA/ SHYF/ 01

AUTORIZA A LA SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE A UTILIZAR EN FORMA PRECARIA Y TEMPORAL UNA SUPERFICIE CORRESPONDIENTE AL CENTRO DE EXPOSICIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, DESDE EL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE AL 6 DE OCTUBRE DEL 2001 PARA REALIZAR EL "XIII CONGRESO ARGENTINO DE VIALIDAD Y TRÁNSITO 2001"

Buenos Aires, 27/09/2001

Visto el Expediente N° 61.230/2001, el Decreto N° 7.962/78 (B.M. N° 15.925); y,

CONSIDERANDO:

Que, la Subsecretaría de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos solicita a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones el arrendamiento de 13.688,44 m2 cubiertos correspondientes al Centro de Exposiciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la realización de la muestra denominada "XIII Congreso Argentino de Vialidad y Tránsito 2001" a desarrollarse desde el día 29 de setiembre al 6 de octubre del corriente año;

Que, dicho Congreso tiene por objeto posibilitar el conocimiento y debate de temas específicos sobre los avances en las nuevas formas de gestión de carreteras, la introducción de nuevas técnicas constructivas en las obras viales de nuestro país y la posibilidad de minimizar costos en la construcción y mantenimiento de caminos;

Que, el citado evento se viene realizando desde el año 1922 cada cuatro años, permitiendo en consecuencia a los asistentes consustanciarse con tecnologías y servicios aplicados al desarrollo de la actividad vial;

Que, el Decreto N° 7.962/78 aprueba el Reglamento de funcionamiento del referido Centro, estableciendo que la Ley Tarifaria será la que fije las tarifas a abonar por arrendamiento, siendo de aplicación para el presente caso la correspondiente a organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la Ley Tarifaria vigente para el corriente año, dispone en su Art. 93, que los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, centralizados y no centralizados, que acrediten debidamente requerir el uso de las instalaciones, abonarán el 20% de los aranceles prescriptos al recibir la Resolución concedente emanada de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que condicionará la utilización efectiva al previo pago del importe resultante;

Que, la presente gestión se...

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