Resolución N° 3260/MEDGC/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 3260/MEDGC/21
Buenos Aires, 11 de agosto de 2021
VISTO: la Resolución N° 378-SSGECP/14, el Expediente Electrónico N° 26.631.965-
GCABA- DGEGP/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente Expediente tramita la solicitud de las autoridades del Instituto
Privado de la Unión Docentes Argentinos (A-1192) referida a la aplicación del plan de
estudios “Ciclo de Formación Pedagógica para Profesionales y Técnicos Superiores
para los niveles Medio y Superior no Universitario”, aprobado por Resolución N° 378-
SSGECP/14;
Que el citado Plan de estudios fue oportunamente autorizado para ser implementado
en la Escuela Normal Superior Nº 6 “Vicente López y Planes”;
Que la aprobación cuya solicitud se propicia en los presentes, se basa en que el
Instituto solicitante dispone de las condiciones académicas y materiales necesarias
para la implementación del plan de estudios mencionado y dar continuidad a la oferta
de formación pedagógica para profesionales y técnicos;
Que han tomado la correspondiente intervención las Direcciones Generales de
Educación de Gestión Privada y de Planeamiento Educativo, prestando su expresa
conformidad al respecto;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida
intervención.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase al Instituto Privado de la Unión Docentes Argentinos (A-1192)
la implementación del plan de estudios “Ciclo de Formación Pedagógica para
Profesionales y Técnicos Superiores para los niveles Medio y Superior No
Universitario”, aprobado por Resolución Nº 378-SSGECP/14.
Artículo 2º.- Déjase constancia que lo expresado en el Artículo 1º no lleva implícita
ninguna erogación presupuestaria para este Ministerio.
Artículo 3º.- Encomiéndase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada el
seguimiento y la evaluación de la implementación.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales de
Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional (Gerencia Operativa
de Títulos y Legalizaciones), a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos
de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, y para su conocimiento y demás
efectos pase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Cumplido,
archívese. Acuña
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6213 - 13/09/2021

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