Resolución N° 1299/GCABA/SHYF/01
Firmantes | Pesce |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 26 de Julio de 2001 |
RESOLUCIÓN N° 1.299
APRUÉBASE ACTA ACUERDO CON LA FIRMA LESSIVER S.R.L. Y RATIFÍCANSE
PRESTACIONES EFECTUADAS POR DICHA EMPRESA
Buenos Aires, 26 de julio de 2001.
Visto los Registros Nº 0206-CVDexMCBA-97 y Nº 2.024-CVD exMCBA-97; y,
CONSIDERANDO:
Que por las indicadas actuaciones tramita las presentaciones de la firma LESSIVER S.R.L., efectuada en su carácter de prestataria de servicios de mantenimiento y limpieza a distintos Organismos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que gestionó el reconocimiento de acreencias, por las tareas indicadas, por un importe de pesos un millon veintiocho mil ochocientos treinta y uno con noventa y seis centavos ($ 1.028.831,96) a través del Registro Nº 206-CVDexMCBA-97 y de pesos nueve mil ochenta y seis ($ 9.086) por el Registro Nº 2.024-CVDex MCBA-97;
Que impulsó sus reclamos al amparo de lo prescripto por el Decreto Nº 225-GCBA-96;
Que en el diligenciamiento de su pretensión intervino la entonces Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dicho cuerpo impuso a la petición en cuestión el procedimiento previsto por el acto administrativo que institucionalizó su funcionamiento y sus normas complementarias;
Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;
Que la prestación del servicio ha quedado acreditada mediante las Resoluciones Nros. 2.003-SS-99 y 1.864-SS-00, lo que torna procedente el reconocimiento crediticio perseguido;
Que el 24 de abril de 2001 se formuló propuesta de pago de los créditos reconocidos en su favor, anteriores y posteriores al 6/8/96, la cual mereció la debida respuesta por parte de la interesada, formalizada el 26/4/2001;
Que la deuda total reconocida en ambos registros como anterior al 6/8/96 alcanza a pesos novecientos treinta y dos mil ciento ochenta y nueve con ochenta y seis centavos ($ 932.189,86) la cual corresponde ser abonada en los términos del Art. 7º del Decreto Nº 225-GCBA-96;
Que el citado importe devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6/8/96 hasta la fecha de su cancelación total;
Que de las alternativas transmitidas en su momento -de acuerdo a la Resolución Nº 36-SSHyF/SSG-96- la acreedora decidió percibir lo adeudado y reconocido en su favor, sin quita en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, a partir del 1º de junio de 1998;
Que dicho pago se formalizará mediante pagarés Decreto Nº 225-GCBA-96, emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula "sin protesto";
Que el primero de tales instrumentos cancelatorios de la obligación de marras será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe total será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquellas que, conforme a la propuesta aceptada, hubieran vencido a esa fecha (Art.1º incisos a) y b) de la Resolución Nº 236-SSHyF/SSG-97);
Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención que pudiera caber en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;
Que los restantes pagarés, por los importes correspondientes, también tendrán incorporados los intereses sobre saldos, conforme...
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