Resolución N° 1499/GCABA/SS/01

FirmantesNeri
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Salud
Fecha de la disposición20 de Julio de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SALUD

RESOLUCIÓN N° 1499/ GCABA/ SS/ 01

DISPONEN EL REGISTRO ANTE LA SUBSECRETARIA DE ESCRIBANIA GENERAL - ACTA DE TRANSFERENCIA RESPECTO DEL INMUEBLE SITO EN AVENIDA INDEPENDENCIA 1376

Buenos Aires, 20/07/2001

Visto el Expediente N° 21.590/99, y;

CONSIDERANDO:

Que por la precitada actuación tramita la transferencia del Inmueble sito en la Avenida Independencia 1376, designado catastral-mente como Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11, a la jurisdicción de esta Secretaría;

Que la antecitada transferencia se efectuó en cumplimiento de los términos de la Ley N° 165, promulgada por Decreto N° 857-GCBA-99 (B.O. N° 689);

Que la Dirección General de Administración de Bienes juntamente con el entonces Titular de esta Secretaría, suscribieron el ACTA DE TRANSFERENCIA del inmueble de que se trata, Acta cuya fotocopia autenticada como Anexo I forma parte de la presente;

Que conforme averiguaciones practicadas por personal de la Secretaría Privada de este Nivel, el ACTA DE TRANSFERENCIA fue suscripta con fecha 12 de Noviembre de 1999;

Que el inmueble de referencia se afectó a la Secretaría de Salud con destino al Hospital Infanto Juvenil «Dra. Carolina Tobar García»;

Que en consecuencia corresponde cumplimentar con los términos del Decreto N° 8.258/87 (B.M. N° 18.196) y Resolución N° 2-SSLyT-95 (B.M. N° 20.149);

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias;

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

Dispónese el Registro por ante la Subsecretaría de Escribanía General del ACTA DE TRANSFERENCIA suscripta con fecha 12 de Noviembre de 1999 por el entonces Titular de esta Secretaría y el Director General de la Dirección General de Administración de Bienes, del inmueble sito en la Avenida Independencia 1376, designado catastralmente como Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11, cuya copia autenticada como Anexo I forma parte de la presente, de conformidad a las previsiones establecidas en el Decreto N° 8.258/87 (B.M. N° 18.196) y Resolución N° 2-SSLyT-95 (B.M. N° 20.149).

Artículo 2°

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Subsecretaría de Escribanía General a los fines dispuesto en el artículo 1° de la presente. Hecho, para su conocimiento y demás fines, gírese a las Subsecretarías de Servicios de Salud y Gerenciamiento Estratégico, a las Direcciones...

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