Resolución N° 324/AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 324/AGC/18
Buenos Aires, 15 de mayo de 2018
VISTO:
Las Leyes Nº 2.624 y N° 471 (textos consolidados por la Ley N° 5.666), la Resolución
Nº 2.778-MHGC/10, el Expediente Electrónico Nº EX-2018-08415749-MGEYA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad
autárquica, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y se determinó su organización y competencia;
Que dentro de las competencias asignadas al suscripto por el artículo 6° de la misma,
se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia
respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados
por esa normativa;
Que a través del Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud de
extensión de licencia por maternidad por el término de 72 (setenta y dos) dias,
comprendidos entre el 21 de marzo de 2018 y el 31 de mayo de 2018 inclusive,
efectuada por la Sra Gisella Giampaoli CUIT 27-25106486-0, que reviste bajo la
modalidad de planta permanente (Partida Presupuestaria N° 26540110) como
inspectora en la Subgerencia Operativa de Epidemiología Alimentaria de la Gerencia
Operativa Seguridad Alimentaria de la Dirección General de Higiene y Seguridad
Alimentaria de esta Agencia;
Que la referida Dirección General presto conformidad con la solicitud;
Que la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia Operativa
Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta
Agencia ha tomado la intervención de su competencia, informando que la agente
usufructuó licencia por maternidad entre el 21 de noviembre de 2017 al 20 de marzo
de 2018;
Que lo peticionado se halla previsto en el Artículo 23 de la Ley Nº 471 que dispone
"Vencido el lapso previsto para el período de post-parto, la trabajadora podrá optar por
extender su licencia hasta ciento veinte (120) días corridos más, sin percepción de
haberes", y ratificado por el Artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo -aprobado
por Resolución Nº 2778-MHGC/10-;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que otorgue la
extensión de la licencia por maternidad solicitada,
Que la Gerencia Operativa de Coordinación Legal dependiente de la Dirección
General Legal y Técnica de esta Agencia ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5375 - 17/05/2018

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