Resolución N° 1679/GCABA/DGR/01

FirmantesOtero
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición 1 de Enero de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 1679/ GCABA/ DGR/ 01

ESTABLECE COMO REALIZADAS EN TIEMPO Y FORMA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y PAGOS EFECTUADOS CONFORME VENCIMIENTO FIJADOS POR RESOLUCIÓN N° 5.360-DGR-94 Y DECRETO N° 2.269-91

Buenos Aires, 01/01/2001

Visto las Resoluciones Nros. 430-SHyF-2001 (B.O. N° 1170) y 1.359-DGR-2001 (B.O. N° 1185); y

CONSIDERANDO:

Que en atención a los grandes volúmenes de transacciones efectuadas por los agentes de recaudación definidos por el Decreto N° 1.150 (B.M. N° 18.749) y atendiendo numerosas solicitudes al respecto, esta Dirección General estima conveniente en punto a los anticipos de mayo y junio del corriente mantener, para la presentación de las declaraciones juradas y para el pago respectivo, los vencimientos establecidos por el Decreto N° 2.269/91 (B.M. N° 19.059) y la Resolución N° 5.360-DGR-94 (B.M. N° 19.782);

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Con respecto de las retenciones efectuadas por los sujetos comprendidos en el Decreto N° 1.150/90 durante los meses de mayo y junio de 2001, para la presentación de las declaraciones juradas y del pago consiguiente, se consideran en tiempo y forma las presentaciones y pagos que se realicen conforme los vencimientos fijados por la Resolución N° 5.360-DGR-94 y Decreto N° 2.269/91, respectivamente.

Artículo 2°

Con respecto de las retenciones efectuadas por los sujetos a que alude el artículo anterior efectuadas a partir del 1 de julio de 2001 rige la Resolución N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR