Resolución N° 3230/MSGC/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 3230/MSGC/21
Buenos Aires, 10 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6035, el Expediente Electrónico N° 33999655-GCABA-HGAVS, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente citado se solicita, la licencia extraordinaria sin goce de
haberes por capacitación, a favor del agente Dr. FIORITI, Francisco Daniel, CUIL Nº
20-22360427-8, Partida Funcional 40229200.MS21.954, perteneciente al Hospital
General de Agudos “Dalmacio Vélez Sarsfield”, para concurrir al Programa Integral de
Formación Internacional sobre Patologías de la Cadera, organizada por SANABO S.A.,
a partir del 01 de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023;
Que, lo peticionado se encuadra en las prescripciones del artículo 59, de la Ley N°
6035 que regula las relaciones de empleo público de los profesionales de la salud de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme a lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Otórguese, la licencia extraordinaria sin goce de haberes por capacitación,
a favor del agente Dr. FIORITI Francisco Daniel, CUIL Nº 20-22360427-8,
perteneciente al Hospital General de Agudos “Dalmacio Vélez Sarsfield”, para para
concurrir al Programa Integral de Formación Internacional sobre Patologías de la
Cadera, organizada por SANABO S.A., a partir del 01 de abril de 2022 y hasta el 31 de
marzo de 2023, reteniendo sin goce de haberes la partida Partida Funcional
40229200.MS21.954, en virtud del artículo 59, de la Ley N° 6035.
Artículo 2º.- Se deja constancia que el agente referido en el artículo precedente deberá
reincorporarse a sus funciones al vencimiento de la licencia concedida en forma
automática, bajo apercibimiento de disponer las medidas disciplinarias que
correspondan.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes, a la Dirección General Administración y Desarrollo de
Recursos Humanos y al Hospital General de Agudos “Dalmacio Vélez Sarsfield”,
debiendo éste último practicar la notificación fehaciente a la agente en la forma
prevista en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 1510/GCBA/97. Cumplido,
archívese. González Bernaldo de Quirós
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6276 - 15/12/2021

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