Resolución N° 371/2011

Fecha de disposición28 Abril 2011
Fecha de publicación03 Octubre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32247

Bs. As., 28/4/2011

VISTO el Expediente N° 284.426/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO N° 63 del 21 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente N° 284.426/10 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE MICROS Y OMNIBUS DE MENDOZA y la ASOCIACION UNIDA TRANSPORTES AUTOMOTOR, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 62/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 63/11 y registrado bajo el N° 119/11, conforme surge de fojas 27/29 y 32, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 40/43, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la...

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