Resolución N° 2002/GCABA/00

FirmantesIbarra - Pesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 2002/ GCABA/ 00

APRUÉBASE EL ACTA ACUERDO CON LA FIRMA CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A.I.C. F.I.A.

Buenos Aires, 07/12/2000

Visto el Registro N° 0173/CVD ex MCBA-97, los términos del Decreto N° 225-GCBA-96; y,

CONSIDERANDO:

Que por dicho Registro, y cumplimentando los requisitos exigidos por el Art. 4° de la citada normativa, la firma CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES S.A.I.C.F.I.A. reclamó el pago de la suma de PESOS UN MILLON TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO ($ 1.013.968,00) presuntamente adeudada en concepto de compensación financiera e intereses por mora en el pago de facturas originadas por las contrataciones relacionadas con la Reparación de Baches en Pavimento Etapa IV - Zonas 8 y 7, Plan de Mantenimiento Urbano - Construcción y Reparación de Calles y Veredas - Etapa I - Zona 24 y Construcción y/o Conservación de Cercas y Aceras;

Que la petición en cuestión se canalizó ante la ex Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires creada por el Decreto premencionado;

Que el citado cuerpo impuso a la solicitud el procedimiento establecido por la norma que institucionalizara su funcionamiento;

Que atento al carácter de las acreencias se produjeron diversas intervenciones de las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería y de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que como conclusión de lo actuado la interesada fue notificada de las alternativas que permitirían abonarle la totalidad de la deuda verificada, anterior al 6/8/96, la cual ascendía a PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 246.534,91);

Que el 22 de septiembre de 2000 la causante aceptó cobrar su acreencia, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales a partir del 1° de junio de 1998;

Que en consecuencia de lo expuesto cabe reconocer el pago de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 246.534,91) en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225/GCBA/96;

Que la citada suma devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6/8/96 hasta el momento de su pago total conforme la opción de cobro ejercida por la insinuante;

Que la cancelación de lo adeudado se formalizará mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en...

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